viernes, 31 de julio de 2009

¿Tribunales canonicos supletorios en la FSSPX?

Tribunales canonicos supletorios en la FSSPX
¿Legítimos o cismáticos?

Mons. Bernard Tissier de Mallerais, presidente de la Commission Canonique St. Charles Borromée .
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DE LA JURISDICCION SUPLETORIA:
La Iglesia suple pero nadie la Suple.
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Del error común, duda positiva y probable, caso de necesidad, lugares paralelos, etc., etc.: ¿se aplican en este caso?
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¿Error común y duda positiva y probable?
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Se dice que la jurisdicción supletoria, para asumir la Autoridad judicial propia de los Tribunales canónicos (1ª., 2ª. y 3ª. instancia), se obtendría aplicando los principios de "error común" y "duda positiva y probable". Dejando de lado, pero sin olvidarlo, que tanto la jurisdicción legislativa como la judicial para fuero público no son delegables y no caen bajo el régimen de suplencia previsto en el Derecho (no son materia de suplencia de la Iglesia),(1) y que los tribunales de 1ª. y 2ª. instancia son episcopales y el de 3ª. es papal (Sacra Rota Romana) tampoco se da, ni por analogía, el "error común" y menos la "duda positiva y probable".
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El "error común", en los fieles, es a descartar; pues nadie podría pensar o creer que fuera de los tribunales oficiales un sacerdote, sólo o en grupo, por muy sabio o santo que sea, tenga potestad para fallar sobre nulidades matrimoniales o reducciones a estado laical de ordenes mayores; al contrario: prima, en el común de los fieles, la presunción de que dicha potestad no existe. Y la llamada "duda positiva y probable", de parte de los sacerdotes, tiene mucho menos posibilidad de aplicarse ya que todo sacerdote debe saber, con certeza, que sólo los jueces nombrados (y sólo por ser nombrados y no en cuanto ministros sagrados) gozan de la potestad judicial para fallar en fuero externo en materia de Derecho Público; si existiera una duda sería negativa y poco probable.
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La suplencia tiene sus límites y está regulada, para el Bien Común, por el Derecho.
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Cuando se duda de la legitimidad de la jurisdicción se aplica el c. 144 garantizando la suplencia de la Iglesia per modum actus y en carácter personal. En éste canon se trata del poder ejecutivo cuando no hay seguridad de la validez de un acto administrativo. No se aplica en el ejercicio del poder legislativo ni judicial; estos límites se dan en circunstancias normales de la Iglesia. ¿Se pueden invocar analógicamente en las circunstancias extraordinarias que vivimos?
Delante de la indeterminación a que se presta una interpretación analógica ("analogía legis" e "in similibus") con el consiguiente peligro de caer en el subjetivismo, se apela (por parte de la FSSPX) al c.19 que, aunque no se refiera directamente a una situación extraordinaria como la actual, puede guiarnos en una posible aplicación de la analogía que haría lícita la supuesta suplencia de la Iglesia:
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1- Leyes dadas en casos semejantes: Presupone semejanza de la materia y paridad de razón entre la ley dada y el caso actual: Pues bien, no hay semejanza de materia; en el c. 144 se trata de la duda positiva y probable sobre un acto de "potestatem regiminis exsecutivam" y en el caso actual sería la duda positiva y probable sobre un acto judicial.
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2- Principios generales del Derecho aplicados con equidad canónica
: Es decir la perfecta justicia por encima del Derecho escrito, para dar una solución que pueda aplicarse con precisión al caso concreto que nos ocupa. Pues bien, la creación de tribunales matrimoniales, inclusive de 3ª. instancia, para ejercer los poderes de la Rota, no se aplica con precisión al caso concreto pues: a) Se reconoce a Juan Pablo II como Papa. (pero aún si estuviéramos en caso de Sede Vacante no sería lícito ni válido la usurpación del poder jurisdiccional en la Iglesia creando Tribunales canónicos) b) La apropiación de los poderes del Papa es, por lo menos, sospechoso de cisma. c) Hay soluciones más conformes con la precisión del caso como se hacía antes cuando la comisión era consultiva y de asesoría. ¿qué inconvenientes se presentaron?
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3- La opinión común y constante de los doctores: Unánimemente se sostiene que los actos extremos se permiten sólo después de agotar todos los otros recursos, con la precaución de que el daño que se genere sea menor que el que se quiere solucionar. Es también de opinión común que el bien común prima sobre el bien particular. Para remediar la situación de algunos fieles "per modum actus" y "ad casum" (bienes particulares cfr. nota (2) se pone en riesgo la unidad jurídica de la Iglesia; al menos así se aprecia (por ej. la declaración jurada, exigida por la FSSPX para iniciar el proceso de nulidad, de no acudir a las autoridades canónicamente constituidas), creando dudas y perplejidades mayores en los fieles que no ven más una unidad de orden o de relación en la comunión con los demás católicos y con la Autoridad Suprema que siendo, como se dice, reconocida como tal, no puede ser consultada y se le niega para el caso. Dicho de otro modo: se establece un circuito cerrado y autónomo para todo el proceso que no sólo no tiene en cuenta la Autoridad de la Iglesia (de Derecho divino y definida como dogma) sino que además bajo juramento impide el acceso a ella con el a priori de que es perjudicial.
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La suplencia no puede convertirse en "vale todo" o panacea que permitiría, de hecho, una total franquicia del orden jurídico y de la autoridad jerárquica establecida; ella no está dejada a la libre interpretación, sino que está regulada y limitada por el propio Derecho, especialmente en lo relacionado al ejercicio de la jurisdicción cuya plenitud sobre toda la Iglesia, por Voluntad divina, reposa en la autoridad del Papa; y si la Iglesia suple es porque él lo determina, en la materia y con los límites en que, como legislador Supremo, lo ha establecido dando potestad conforme a las reglas jurídicas promulgadas; pretender abrogase una autoridad fuera de este contexto, sería pretender, más que la suplencia, suplir a la Iglesia, lo cual si no es cisma es su camino directo; en lugar de suplencia estaríamos en presencia de suplantación. Y finalmente una ruptura de vínculos jurídicos con el Cuerpo visible de la Iglesia. Los "juicios" pronunciados, en esas condiciones, carecen de todo valor legal; poco importa que la persona concernida haya firmado, bajo juramento, aceptarlos; en la Iglesia, para el fuero externo y público, no es a la libre solicitud de los usuarios que se ha dejado la selección de la autoridad judicial. El respeto al orden establecido es fundamental, inclusive para modificarlo. Es de aclarar que siempre que hay potestad de suplencia, conforme a las reglas jurídicas, se exige que su ejercicio redunde en interés o beneficio general.(2-a)
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¿Sería como en la Confesión?
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Al contrario de lo que sucede con la confesión, en la que son libres de escoger al confesor, creando, en caso de necesidad, las condiciones previstas para la jurisdicción de suplencia, los fieles no pueden escoger los jueces para que fallen en sus contenciosos, ni su "escogencia" crearía las condiciones para que reciban la jurisdicción supletoria los presuntos "jueces" consultados; deben recurrir a los tribunales designados por la Autoridad; tampoco se adquiere valor jurídico por que se exija a los fieles una declaración jurada, de aceptar el veredicto que se les dé, por parte de aquellos a quienes acude y de no recurrir a la Autoridad judicial de la Iglesia. Esto no es conforme a la disciplina ordinaria de la Iglesia, no corresponde a las facultades habituales como las que se conceden para oír confesiones, para asistir a matrimonio, así como los supuestos del c.883 respecto al ministro de la confirmación. (cfr. CDC Ed. anotada, p.139. Eunsa, Pamplona 1987)
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Hay fueros distintos que corresponden a potestades distintas; unidos, pero no mezclados; no se puede extrapolar. En una hay suplencia de la Iglesia y en la otra no.
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¿Y la ley suprema de la Salvación de las almas?
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En proceso de nulidad matrimonial no esta comprometido directamente el estado de gracia de las almas ni se ordena inmediatamente a la recepción de un sacramento, ya que no cuenta el estado de gracia de las personas y pueden o no recibir un nuevo sacramento. La salvación de las almas mira directamente al fuero interno -potestas sacra- y solo indirectamente al Derecho público de la Iglesia o fuero externo, -potestas regiminis- con efectos jurídicos y sociales, para el cual no está determinada la suplencia de la Iglesia; suplencia que se ejerce para transmitir la gracia en el fuero sacramental: "propter homines".
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"Jurisdictio foro interni (forum conscientiae) est illa quae primario et directe bonum privatum fidelium respicit, ordinat relationes illorum morales ad Deum...non relationes sociales ad Ecclesiam ut societatem visivilem atque per se et ordinate exercetur in oculto cum effectu coram Deo, non publice in facie Ecclesiae cum effectibus juridicis et socialibus." WERNZ-VIDAL, De Personis, n. 365
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¿De qué se trata en las nuevas ordenanzas de la FSSPX?
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¿Se tiene (por suplencia) una JURISDICCION UNIVERSAL: No limitada en cuanto al lugar, el objeto, el tiempo o las personas?... Prácticamente, según lo establece las nuevas ordenanzas, se asume el Poder del Ordinario "ad casum" para todos los casos asimilando al sacerdote Superior del Distrito a todos los Ordinarios del Distrito; se podría hablar de una "Super-jurisdicción Supletoria". Cabe preguntar: ¿A título de qué? ¿La mala doctrina de muchos sacerdotes y obispos y hasta del mismo Papa sería el fundamento? Causa qua aliquid habemus? La buena voluntad y la buena doctrina (no siempre evidentes) de los miembros de una institución sacerdotal, cualquiera que sea, no son suficientes para suponer que se está investido de potestad para dar sentencias, con autoridad jurídica, aunque sea "ad casum", sobre causas matrimoniales; esto es inválido desde el punto de partida; y así se suponga de buena fe tener dicha potestad, no por eso se tiene; una persona no ordenada nunca consagrará, aunque crea estarlo, lo haga bien y de buena fe; si afirmamos lo contrario, estaríamos en pleno subjetivismo. Se podría tener una gran autoridad moral y científica, si se quiere, pero no de jurisdicción a la cual no se accede sino por voluntad de quien, por Derecho divino, en la Iglesia, es su único legítimo poseedor; voluntad explícita con la delegación o nombramiento en el cargo o por lo previsto por él en el Derecho, (que sólo adquiere fuerza de ley al ser promulgado por la misma Autoridad), para regular la suplencia de la Iglesia en casos extraordinarios; ahora bien, nunca, en ninguna legislación, ni en la anterior ni en la vigente, la Iglesia suple para la ausencia tanto de Potestad Legislativa como Judicial para el fuero externo y público, (que además no son delegables) sea para personas en singular o para grupos auto constituidos en comisiones o tribunales. Tribunales que funcionan, sustrayéndose de la jurisdicción del Papa sobre la Iglesia, de modo permanente aunque se dice que dictan sentencias "ad casum". En todo caso puede haber pronunciamientos de gran valor moral, pero sin ninguna fuerza o efecto legal; al menos en la Iglesia fundada por NSJC.
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La autoridad moral y no jurídica que, a causa de la crisis en la Iglesia, atrae a los fieles y que los lleva a consultar con los padres de la Fraternidad sobre la validez de su vínculo conyugal no puede ser pretexto para constituir una Autoridad jurídica "a causa del modernismo de que están imbuidos los representantes de la Autoridad", pero sí debe ser utilizada para orientarlos sobre la conducta práctica a tener frente a un fallo dudoso de un Tribunal verdadero.
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¿Entonces qué es lo que le da valor legal a un juicio público en una sociedad?
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Lo que le da valor legal es que la sentencia o declaración sea pronunciada por la autoridad competente, en cuanto tal, y en las condiciones y límites previstos por el Derecho, (ajustado a Derecho) independientemente del acierto o desacierto o del valor moral del juicio y del juez mismo y de la doctrina que profese. Si por la mala doctrina que profesan han perdido el derecho de juzgar, han perdido la jurisdicción que pasaría (no se ve cómo y porqué) a los que la ejercen de modo "supletorio", estamos en total vacancia jurisdiccional de los obispos y del mismo Papa (1ª., 2ª. y 3ª. instancia).
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¿Pero si el juicio es inicuo?
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Primero hay que saber quien determina que realmente es un juicio inicuo; si realmente lo es, (como ha pasado en cualquier época) y si es inaceptable para los implicados (en esto hay grados) hay variedad de recursos, desde la apelación hasta la resistencia activa o pasiva (en fuero interno y/o externo), etc... debería consultar con especialistas pero, lo que es muy distinto, en ningún caso, tal consulta, puede convertirse en buscar por su cuenta un jurado "ad hoc" que recibiría (además sistemáticamente) jurisdicción, no proveniente de la del Papa, "ad casum" debido a su necesidad particular. Nuestro Señor Jesucristo se sometió al dictamen injusto de jueces inicuos reconociendo que la potestad, que ejercían sobre El, venía de lo alto.
Pero... ¿Si el problema radica en las nuevas causales de nulidad?
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Ahora bien, si el problema se origina, no en la aplicación de la legislación sino, en los principios mismos que orientan la Ley, la conducta práctica Pastoral para cada caso vendría a ser igual; pues estaríamos frente a las mismas consecuencias personales, pues es para cada caso, "ad casum", que se invocaría la presunta jurisdicción supletoria. Si es así, es el mal general en la legislación y no en caso particular lo que habría que cuestionar; sería la misma legislación y los principios falsos en que se fundamenta sin que por eso se reciba o pueda asumir la Autoridad por su propia cuenta "ipso iure". Según las normas de la Prudencia santo Tomás recomienda: "si la ley es injusta, revélate contra ella", pero aún así, no se tendría fundamento para hacer legales, con efectos de obligatoriedad jurídica, los juicios particulares "ad hoc", "ad casum" ("muy puntuales" se diría hoy). Hay que procurar por todos los medios legales, y en espíritu de fe, el cambio mismo de la ley, reconociendo, con humildad, los límites propios, sin pretender resolver, al margen y saliendo de la estructura visible de la Iglesia, todos las injusticias de todos y en todas partes, sólo Dios tiene un solución así. En muchos casos habrá también que aconsejar la resignación y el padecer meritoriamente, como ha sucedido en la historia.
Entonces ¿qué pasa si, por la necesidad, se pudiera fallar (con valor jurídico) solo "ad casum"?
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Si no, cualquiera podría igualmente hacer lo mismo alegando idénticas razones, (¿porqué no?) lesionando así gravemente el Bien Común de la Iglesia, aduciendo querer hacer un bien particular: "ad Casum" (2) se abrirían las puertas a la anarquía jurídica; es por eso que, en el Derecho Público, conviene que la Autoridad nunca haya dispuesto, en la legislación, la suplencia de la Iglesia para el ejercicio de la potestad legislativa y judicial –potestas regiminis de gobierno-; no podría hacerlo sin correr el riesgo de generar un daño mayor al Bien Común lesionando, de hecho, la estructura jerárquica, de constitución Divina en la Iglesia, necesaria para la visibilidad de la Misma e inclusive el buen orden. Por lo tanto fuera de los tribunales, establecidos por la autoridad competente, no es válido fallar; aquí no existe suplencia de la Iglesia. No se tiene competencia; no hay actos válidos que vinculen a la sociedad visible eclesiástica.
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Sería como si un día, con las mejores razones e intenciones, una comisión autodesignada comenzara a dar sentencias.
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Pero insistamos: hay un estado de necesidad y un vacío en la legislación, ¿se tiene potestad?
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El P. Laroche recuerda: "el derecho de necesidad justifica únicamente las medidas que son necesarias observando el principio de proporcionalidad".
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Se dice que el estado de necesidad de los fieles justifica la creación de tribunales que dan sentencias para todas las instancias, pues hoy están imbuidos de mala doctrina y ponen en peligro la salvación de las almas. (esta generalización no siempre se realiza en la práctica, pero supongamos que sí.). ¿La solución propuesta en las ordenanzas es proporcional al problema? De hecho, hoy en día, este peligro no viene solamente de la práctica de los tribunales, esto es sólo una manifestación de la situación de crisis general que se vive en toda la Iglesia, si la solución propuesta de crear tribunales con los poderes de la Rota por el estado de necesidad de los fieles fuera proporcional no se comprende cómo, siendo evidente la situación doctrinaria de extrema necesidad (de la cual la del matrimonio no es sino un corolario), se debería crear una Comisión supletoria para la doctrina de la Fe para ejercer los poderes de dicha Congregación, censurando los documentos oficiales, excomulgando, etc., etc. y lo mismo sería para todos los instrumentos de gobierno de la Iglesia que hoy ponen en grave peligro la salvación de las almas, creando un estado de necesidad, no previsto en el Derecho, a causa de estar imbuidos de modernismo, personalismo, etc. y así por delante con todos los órganos de poder en la Iglesia
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¿Qué canon, canonista o concepto de la curia dice algo análogo? La falta de proporción en la analogía es flagrante, pues se absolutizan los términos... y así todo sería posible.
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. Estado de necesidad en materia matrimonial Estado de necesidad en cualquier materia

Poder Legitimo ejercer los poderes de la Rota Legitimo ejercer los poderes del Dicasterio correspondiente

El análisis del Prof. Agozzini me parece que vale la pena meditarlo y responderlo adecuadamente; me permito copiar su conclusión en este punto:
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"La solución propuesta por la Fraternidad, de crear tribunales que pronuncian sentencias, con los poderes de la Rota Romana crea inevitablemente la sospecha de que se trata de un acto cismático indirecto. (cfr. Verbete Cisma en el DTC).
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"De hecho, como la Santa Rota Romana es un tribunal en el que los jueces tienen un poder de jurisdicción vicario (y no delegado), y que profiere sentencias vinculántes (en tercera instancia), la posesión de los poderes de ese tribunal es una apropiación de los poderes del Papa, o por lo menos una apropiación de los instrumentos de gobierno inmediatamente dependientes del poder del Romano Pontífice. Ahora bien, tal apropiación –aunque se invoque por analogía un pretendido derecho de suplencia de la Iglesia- apunta en una dirección más grave: si es legítimo apropiarse de los instrumentos de gobierno inmediatamente dependientes del Papa es porque ese Papa no tiene más una autoridad legítima que se ejerza a través del instrumento de gobierno en cuestión, siguiendo la voluntad de Cristo.
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"O sea, como Cristo es, en el fondo, Quien suple la jurisdicción, existe entonces el presupuesto de una vacancia de poder papal, en materia matrimonial. Ahora bien, el poder papal siendo uno, no puede estar parcialmente vacante: la aplicación de los poderes de la Rota, por analogía, invocándose la suplencia de la Iglesia, tiene como presupuesto lógico que el Papa no es más Papa.
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"Es conveniente recordarnos aquí el pasaje evangélico (Jn. 19, 10-11) que presenta a Jesús ante Pilatos:
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‘Le dice entonces Pilatos: "¿No me respondes? ¿No sabes que yo tengo poder para librarte y poder para crucificarte?" Le respondió Jesús: "No tendrías poder alguno sobre mi, si no te fuese dado de lo alto; por eso, quien me entregó a ti tiene mayor pecado".’
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"Ahora bien, el propio Verbo encarnado reconoció la legitimidad del más inicuo de los tribunales: Pilatos de hecho poseía el poder que alegaba, y por eso quien le entregó a Jesús, tuvo mayor pecado. La sentencia pronunciada por Pilatos fue inválida, pero su tribunal fue reconocido como legítimo por el Dios encarnado.
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"¿Podría un tribunal de la Iglesia pronunciar sentencias más inicuas e inválidas que la del tribunal de Pilatos? Y si Cristo afirma la legitimidad del tribunal que Lo condenó a muerte, ¿cómo negar legitimidad a los tribunales laxistas de la Iglesia?
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"Además, la Fraternidad no puede crear un tribunal propio sin dejar de declarar (explícita o implícitamente) la ilegitimidad de los tribunales eclesiásticos existentes. Esto es: no se puede crear un tribunal alternativo (de suplencia) a menos que el poder por el cual los tribunales ordinarios ejercen su actividad (inicua o no) haya sido suprimido. La suplencia es precisamente el acto de suplir aquello que está faltando. En la perspectiva de la Fraternidad, las relaciones se invirtieron: Los tribunales de la Iglesia, aunque continúen ejerciendo su actividad, lo hacen sin legitimidad, sin el poder que los sustentaba y que proviene de Cristo. La Fraternidad San Pío X, que se consideraba parte de la Iglesia Católica, pasa a actuar no más como parte, sino como todo.
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"Ahora bien, es el negarse a actuar como parte lo que precisamente caracteriza al cisma."
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Si realmente, a la luz de la Sana Doctrina, el matrimonio parece nulo (porque tampoco se puede pretender la infalibilidad) y el fallo de la Autoridad competente, aunque por otros motivos considerados como no muy ortodoxos, confirma esa nulidad observada por la Comisión Canónica, no habría problema que el fiel acepte las consecuencias jurídicas y prácticas del fallo. Si, por el contrario, el fallo de la Autoridad jurídica competente niega la existencia de un vínculo matrimonial que, a la luz de la Sana Doctrina, parece existir, la autoridad moral, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada caso, orientará e inclusive exigirá, cuando la prudencia lo aconseje, una conducta moral práctica frente a las decisiones inicuas del Tribunal; en ocasiones será mejor dejarlos en su buena fe y acosejarles "obrar en conciencia". Esto es válido en todas las épocas; siempre se pueden dar fallos que parezcan nulos, y que realmente lo sean, independientemente del juicio que se haga de la buena o mala doctrina que profesen las Autoridades Canónicamente constituidas, no por eso se justifica crear (o creer que se tiene) "otra autoridad" supletoria para el caso. Nunca fue así en la Iglesia; mientras que la suplencia sacramental ha sido antes como lo es hoy; ahí no estamos innovando nada, así lo ha determinado la autoridad Suprema, seguimos la Tradición de la Iglesia, no podemos inventar nada.
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Enseña la Moral que en estado de extrema necesidad, deja de ser robo, el tomar a otro los bienes requeridos para no morir. Tal caso no incluye, por ejemplo, la legalización del contrato de una compraventa de la propiedad de otro, pretendiendo justificarla "por la situación"... es tan evidente que esto ultrapasa las circunstancias previstas por la norma, no es proporcional que ni siquiera los tratadistas o comentaristas del derecho se detienen a considerarlo, y no figura en la legislación, que por necesidad extrema se pueda negociar la propiedad de otro; y esta ausencia o silencio en la legislación, no da lugar a "considerar lugares paralelos", ya que habría un vacío legal, para legalizar una transacción ciertamente inválida. No se puede ser tan elástico en la aplicación de principios que se llegue a desvirtuarlos.
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La ausencia, silencio o vacío en la legislación sobre un punto específico, no significa que, en el ejercicio legítimo de la imaginación para buscar lugares paralelos, sean validables todas las conclusiones, hasta el punto de que por un bien particular no se tengan en cuenta principios fundamentales de cuyo respeto emana el Orden Público y que garantizan el Bien Común. No basta la buena fe, que debe existir en el sujeto; hay que evitar caer, por el afán de resolver todo, en el subjetivismo, que nos llevaría a la anarquía, (jurídica en este caso).
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¿Ni la necesidad, ni la solicitud de los interesados, nos permiten auto-constituirnos en jueces legítimos?
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No se pueden producir hechos y luego (por el hecho de producirse serían válidos) justificarlos.(esta tesis me ha sido repetida por un joven prior entusiasta de los tribunales). Si fuera así tendríamos que validar todo lo que se ha hecho y que hoy existe. Esto se asimila lo que S.S. Pío IX condena como la "Política de los hechos cumplidos". Para la suplencia, primero tienen que ser hechos en sí válidos, pero ilícitos que la necesidad los hace lícitos y en ocasiones, obligatorios. En la doctrina de la suplencia "no se contiene propiamente la sanción a iure de un acto inválido, sino una delegación a iure de la potestad para aquellos supuestos –siempre singulares, es decir, siempre en casos concretos- en que de algún modo se halle en juego el bien común que exige la certeza sobre el ejercicio de la jurisdicción. El contenido de este precepto se extiende a todo el ámbito de la potestad ejecutiva –no ala judicial, ni a la legislativa- , tanto ordinaria como delegada –y por ello también a las facultades habituales- , y referida tanto al fuero interno como al externo." (cfr. CDC, Ed. anotada, p.139 Eunsa, 1987, Pamplona)
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Las facultades habituales, de que se habla en el comentario anterior, "son una categoría conceptual a se, a la que el legislador ha reconducido de intento (cfr. c.132 n. CIC) toda la dimensión jurídica inherente a los actos ministeriales en los que se ejerce potestas sacra, distinguiéndolos así de los que constituyen propiamente una actuación de la potestas regiminis de gobierno.
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"Las facultades habituales permiten desplegar válidamente a favor de otras personas una determinada capacidad de actuación, que en sus elementos ontológicos más radicales ya poseía el titular. En este sentido son fuente de un cierto tipo de potestad, en cuanto que completa los elementos necesarios para poder actuar. El CIC considera como tales, por ejemplo, las facultades para confesar (cfr. c. 966), o las que se requieren para ser testigo cualificado en un matrimonio (cfr. c. 1111 & 1). Al igual que la potestad delegada, las facultades habituales pueden ser a iure o ab homine; universales o singulares." (Op. cit. p. 132).
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La condición de bautizado, por ejemplo, no da por sí misma (ontológicamente) el derecho a celebrar la Misa, solo en potencia, y aunque el laico constatara que la casi totalidad de los sacerdotes, que sí tienen inherente ese poder, están imbuidos de una doctrina modernista y celebran mal, siendo muchas Misas inválidas, no por eso él tendría poder de celebrar aunque la necesidad "ad casum" fuera extrema; si lo hiciera sería inválido; así también la condición sacerdotal o episcopal no da por sí misma la Autoridad judicial (potestas regiminis) en la Iglesia para fallar nulidades matrimoniales y si constata que los que la tienen, imbuidos de una doctrina personalista, lo están haciendo mal y dan muchos fallos injustos o nulos, no por eso puede el sacerdote, individual o colectivamente, asumir por sí mismo la Autoridad judicial y fallar, aunque tenga toda la razón en sus juicios y la necesidad fuera extrema.
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Una cosa son los problemas de conciencia del individuo, otra el Derecho Público de la Iglesia
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Es el orden público (exterior) el que está en cuestión: Hay que diferenciar las dos situaciones que se relacionan pero que son distintas y corresponden a dos planos diferentes desde el punto de vista del Derecho en la Iglesia y como tales tienen tratamiento jurídico diferente: 1º. la situación individual de algunos fieles frente a Dios en el fuero de su conciencia que los puede cargar con una cruz particular padeciendo una situación injusta. Requieren, además del auxilio sacramental, la orientación moral y eventualmente una asesoría jurídica correspondiente, frente a las injusticias que padecen por la situación en la Iglesia y 2º. La introducción de normas, en la legislación, fundadas en una filosofía heterodoxa que, inspira la orientación de parte de la jerarquía de la Iglesia con sus consecuencias, en lo que concierne al orden público de la Sociedad fundada por Nuestro Señor ante quien responderán por sus actos, en cuanto jerarquía, y la necesaria resistencia y denuncia de dichas orientaciones sin asumir, por lo tanto, dicha autoridad, desconociendo la necesaria unidad jurídica de la Iglesia que emana del Dogma de la plenitud de jurisdicción del Romano Pontífice.(3)
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Ninguna comunidad religiosa en la Iglesia puede declarar, judicialmente en el fuero externo y social, la nulidad de nada. Además no están para eso y no han sido revestidas de tal poder, nadie toma para sí tal poder si no le es dado.
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El principio de autoridad y la constitución jerárquica de la Iglesia se ven afectados en esta progresiva instauración de "autoridades paralelas supletorias" (para el fuero externo y público); las apariencias de independencia en relación a la jerarquía dadas en las nuevas determinaciones, que tienen carácter obligatorio en las ordenanzas, atenta contra, o ayuda a deteriorar a su manera, esa unidad y visibilidad de institución divina; para ello no es necesario que se tenga como finalidad: basta que surja como consecuencia.
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Si se debe estar dispuesto a dar la vida por salvaguardar la unidad de la Fe, igualmente debe serlo por la unidad jurídica de la Iglesia: Ni herejes ni cismáticos; sin esto no podremos decir que hemos servido a la Iglesia y a las almas según las posibilidades que la propia Iglesia ha puesto en nuestras manos; y cuando vuelvan las cosas a su normalidad será muy valiosa la defensa de esos principios que habremos seguido, cuya aplicación estará en la base de la restauración encabezada necesariamente por quien, por derecho divino, los encarna: El Romano Pontífice. San Dionisio Obispo (+265), cuya fiesta es el 25 de Noviembre, nació y vivió en Alejandría, llamado "El Grande" o Dionisio Magno admirado, nada menos que por, "San Atanasio quien lo llamó "Maestro de la Iglesia Católica", por su gran sabiduría y el notable ascendiente que tuvo entre los católicos de su tiempo". Escribiendo a Novaciano enseña: " Es necesario estar resuelto a sufrir cualquier otro daño, antes que destruir la unidad de la Iglesia. Hay que estar dispuesto a morir a favor de la unidad de la Iglesia, como estaría uno dispuesto a morir por defender la fe." (Cfr. VIDAS DE SANTOS, P. Eliécer Sálesman, T. 4 p.267-8).
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A. M. D. G.
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P. Rafael Navas Ortiz
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"hay esta diferencia, que la herejía pervierte el dogma, mientras que el cisma, por la rebelión contra el obispo, separa de la Iglesia. Sin embargo, no hay cisma que no invente una herejía para justificar su alejamiento de la Iglesia". San Jeronimo (En Ep. ad Tit. iii, 10).
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NOTAS
(1) El canon 144 (n. C.I.C.) que daría jurisdicción a los fallos de los Tribunales de la Fraternidad, es justamente el que la niega limitándola a la "...potestatem regiminis executivam." Se trata de una "suplencia que no puede ser empleada en el ejercicio del poder judiciario sino solamente en actuaciones concretas en virtud del poder ejecutivo. Así, por ejemplo, no puede existir duda positiva y probable al ejercerse el poder legislativo (...) ni tampoco cuando se trata del ejercicio del poder judicial, que exige siempre la certeza moral del juez al dictar la sentencia". Comentario Exegético al Código de Derecho Canónico, Vol. I, Ed. Eunsa, Pamplona.
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(2) Mons. Tissier en carta dirigida sobre el tema al Prof Orlando Fedeli (16-IV-97) afirma: "Dans le cas de jugements de nos tribunaux matrimoniaux supplétoires en troisième instance, ce n’est pas directement le bien commun qui est intéressé, mais directement le bien particulier des personnes..."
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(2-a) En diferentes ocasiones, como en la conferencia del 10 de marzo de 1991, dada a los "Círculos de Tradición" en París, el presidente de la Comisión Canónica, Mons. Tissier de Mallerais, ha defendido la tesis de la Iglesia, en cuanto Cuerpo Místico, como fuente de su jurisdicción aún contra el derecho promulgado y voluntad explícita del Papa; es otra terrible consecuencia dogmática: considerar a la Iglesia por encima del Papa; lo que es lógico y por lo demás ya se afirma más o menos explícitamente, también, en otros niveles de la Fraternidad al sostener que la jurisdicción no viene del Papa porque se niega a darla, sino de la Iglesia como Cuerpo Místico, lo que implica necesariamente poner a Esta por sobre Aquel. (herejía típicamente jansenista y galicana).
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Ya en la primera reflexión que presentamos lo advertimos: "El primado fue otorgado inmediatamente al Papa y no a la Iglesia y por medio de Ella a él como ministro de la misma (cfr. Dz. 1822). "En razón del dogma del Primado Pontificio, el Papa tiene jurisdicción ordinaria e inmediata sobre pastores y fieles: es Suprema, inmediata y universal en la Iglesia y que puede ejercer siempre libremente (c. 331); y en el canon 334 vemos el fundamento del poder judicial ejercido por cualquier institución (Tribunales canónicos, etc. ...): "todas estas personas e instituciones cumplen en nombre del Romano Pontífice y con su autoridad la función que se les encomienda para el bien de todas las Iglesias, de acuerdo a las normas determinadas por el Derecho". Hacen parte de éstas la constitución y competencia de los Tribunales que rigen la vida pública de la Iglesia. En el caso de la crisis actual de la Iglesia ¿Cómo aplicar esta doctrina de fe sin romper la unidad jurídica de la Iglesia?..."
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(3) Puede darse el caso de actos, que no constituye en sí sacramentos, los cuales en la legislación actual y por lo tanto en el ejercicio de la Autoridad la jerarquía no los reconoce como existentes, canónicamente hablando, pero que pesan sobre la conciencia de quienes han asumido, en ellos, compromisos. Me parece que pueden asimilarse a los votos privados, por parte de quien es requerido para solucionar una situación, inexistente para la Autoridad (especialmente la episcopal) y que por lo tanto la misma no reclama ningún derecho desentendiéndose de su función.
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Nota: En relación con la carta de Mons. Lefebvre al P. Schmidberger (15-I-1991) aducida como soporte de los cambios en las ordenanzas, me permito presentar las siguientes reflexiones:
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1º. En algunos documentos, conferencias y sermones de Monseñor se encuentran expresiones que de hecho han sido interpretadas como si él adoptara una postura sedevacantista; al punto, me consta, que el mismo Mons. reconociendo el hecho, desmintió dichas interpretaciones aunque reconocía que así podrían malinterpretarse si no fuera otra su verdadera postura al respecto.
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2º. En la mencionada carta, Mons. es claro al referirse a Comisiones (más de una) que hacen en cierta medida (no habla de estricta) suplencia... "Commssions, faisant dans une certaine mesure suppléance." y se expresa como quien manifiesta una mera opinión personal; lo propone sin la fuerza taxativa a manera de ensayo (no definitivamente) ".il me semble qu’il foudrait commencer très modestemen t" y ofrecer esta institución como un servicio para ayudar a los sacerdotes en su ministerio y a las religiosas para los casos difíciles de resolver...(parece dar la causa final y poner límites: asesorar y ayudar a los sacerdotes y a las religiosas) que se sepa las cuestiones canónicas de Derecho Público, como las reservadas y las propias de La Rota Romana por ejemplo, que no competen al simple ejercicio del ministerio eclesiástico, tampoco son presentadas ante los tribunales, (al menos en una óptica tradicional), por medio de religiosas...Bien parece, y no es infundado ver, que aquí Mons. antes que aconsejar establecer un poder legal de jurisdicción de suplencia, en ningún momento habla de "tribunales", insinúa más bien ofrecer una institución de asesoría y de ayuda doctrinaria, moral y Pastoral... "...comme un service pour aider les prêtres dans leur ministère et les religieuses pour les cas difficiles à résoudre..." y así suplir las deficiencias de los órganos de referencia y consulta, que tiene la Iglesia, debidas precisamente a la mala doctrina imperante o desentendimiento de los Obispos en sus funciones. [cfr. arriba: nota (3)].
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3º. Continuando la lectura de la Carta de Mons. se reafirma la tesis de que en los consejos que da antes de querer establecer un Tribunal Canónico (con potestad judicial para fallar) recomienda formar una Comisión ... "spécialement canonique...à laquelle seraient envoyées les consultations, les demandes." y más adelante precisa la función de dicha Comisión: "...étudient et répondent aux cas." . Además de asesorarse por expertos etc., etc., la Comisión rendirá cuenta de sus trabajos dos o tres veces por año al Consejo general. Estos elementos son más propios de un Organo de consulta y asesoría para orientar, con autoridad moral, la conducta práctica en casos concretos y difíciles, que de un Tribunal que sentencia con autoridad judicial. Cuando habla de nulidades matrimoniales lo hace como ejemplo de posibles casos, junto con autorizaciones de exorcismos, consultaciones, dispensas cosas que no tienen que ver con un Tribunal judicial.
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4º. No se puede negar que en la carta de Mons. también hay expresiones que manifiestan, en sus consejos y respuestas al P. Schmidberger, que él acepta la posibilidad de establecer una Autoridad –plena- de suplencia... pero ¿cómo interpretarla?...¿qué tipo de suplencia?...¿jurídica y canónica?...o ¿suplencia moral y doctrinaria?... ¿sus determinaciones serán definitivas y obligatorias (vinculantes como lo son sólo las de la Rota Romana) con fuerza de ley o serán orientaciones con Autoridad moral?... ¿Mons. entiende hacer una unidad moral en relación al ministerio, de los sacerdotes y religiosas, o establecer un poder jurídico? o, para expresarlo en términos de política moderna, la Comisión que Mons. recomienda crear ¿será como un Gabinete en la sombra que orienta sobre lo que sucede actualmente y prepara la reforma necesaria para cuando cambie la actual orientación en el gobierno de la Iglesia? o más bien lo que propone ¿es la creación de un Gobierno paralelo (de suplencia) que terminaría formando un Estado dentro del Estado?.... perdóneseme la comparación pero ¿Será la Resistencia de la oposición, o las maniobras de la Subversión? o como diría de Maistre lo que se pretende: ¿Es la Contrarrevolución, o la Revolución contraria?. Al contrario de lo que se innova en las Ordenanzas, me inclino a pensar, (por todo el contexto de la carta), y pido a la Santísima Virgen que así se entienda, es lo primero, de cada una de éstas comparaciones, (Gabinete en la sombra, Resistencia, Contrarrevolución), para el Bien Común de la Iglesia y por ende de la Fraternidad, e ilumine a los responsables de la misma para que recapacitando vuelvan a lo que era antes y preserven la Obra que la Providencia puso en las manos de Monseñor Lefebvre.


¡Escuchad almas consagradas!

¡Escuchad almas consagradas!
.. el Padre Pío aun habla.

El Padre Pío de Pietralcina (Italia) que poseía las Santas Llagas de Jesús, dice en visión a un hermano (Padre): ¡Escuchad, almas consagradas!"¿Qué le irá a suceder al mundo? En medio de nuestra alegría en el Cielo, nos estremecemos, con angustia, porque todos tenemos a los nuestros en la tierra. ¡Prepárate! ¡No temas las reflexiones que hagan! Escribe, habla, remueve los corazones que se quieren degradar en el lodo. Más que todos, son nuestros hermanos consagrados que embeben de amargura a Cristo, "Pan de la vida", porque comienzan a corromperse. La hora es grave, muy grave y ellos serán los primeros en ser arrebatados por la tempestad, porque es por ellos, por su medio, que vienen tantos males al mundo.
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Acordaos de esto; gravadlo profundamente en vuestros corazones. El más bello y precioso ornamento del padre es la pureza virginal. La pureza penetra hasta lo más alto del Cielo, hace ver y comprender cosas sublimes; ella es un reflejo de la claridad de Dios; da el gusto y el sabor de todo lo que es santo; tiene una intuición particular de las cosas espirituales y genera el heroísmo de la virtud y del martirio; ella nos da ardor y entusiasmo por la salvación de las almas.
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¿Qué haréis vosotros, queridos hermanos, para conservaros castos y puros en medio de tantos peligros, no medio de un mundo seductor y pérfido? Mortificad los sentidos, mortificad los ojos y principalmente los oídos, evitando familiaridades ociosas, que son la sepultura de la pureza. ¡Oh! ¡La pureza virginal! Hasta los ángeles la envidian! Ella da a todo el ser un brillo particular. La pureza viene del Cielo; es necesario pedirla sin cesar al Señor y tener el cuidado de no ofuscarla; es necesario cerrar las puertas a la sensualidad de la tierra, como se trancan las puertas y las ventanas para impedir la entrada de alguien.
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Inflamaos de amor por Dios en el pensamiento continuo de su omnipotencia, para que viváis en este mundo la vida del Cielo. Que los fieles se acuerden de esto: hágase en las parroquias al menos en particular, una Hora Santa, todos los jueves, por la santificación de los sacerdotes"..
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"Si necesitamos paciencia para tolerar las miserias ajenas, más aún debemos soportarnos a nosotros mismos" San Pío de Pietrelcina.

domingo, 26 de julio de 2009

Santa Catalina de Siena. sobre los Sacerdotes

Santa Catalina de Siena
Sobre los Sacerdotes..


Carta al cura Biringhieri Arzochi (A un sacerdote poco ejemplar)

"Sed aquella flor perfumada que debéis ser; esparcid el buen olor (2 Cor 2,15) en la dulce presencia de Dios. Sabéis que la flor, conservada durante mucho tiempo en el agua, no exhala perfume, sino hedor. A mi me parece, padre, que vos y los demás sacerdotes debéis ser así una flor. Pero también esa flor, inmersa en las aguas inicuas y putrefactas de los pecados y miserias del mundo, no exhala perfume, sino hedor. ¡Oh!, cómo es miserable e infeliz quien es puesto en la santa Iglesia como flor, responsable por los sus súbditos! Vosotros sabéis que Dios os quiere límpidos e puros. Infeliz de mi, infeliz de mi, venerable padre! Es lo contrario que acontece. Se comportan de tal manera, que no apenas son fétidos, sino que también arruinan a todos aquellos que se les aproximan.
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Acordaos y no continuéis durmiendo! Ya dormimos bastante, muertos para la gracia. No nos queda más tiempo, sonó la hora de la sentencia, estamos condenados a la muerte."
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El Diálogo - Palabras del Padre Eterno dictadas por la santa en momento mismo de los éxtasis.

"Vuelvo a hablar nuevamente de los clérigos y ministros de la Iglesia. Quiero lamentarme contigo sobre otros defectos, de los cuales aún no hable. Son aquellos vicios, que una vez te mostré en la figura de columnas: la impureza, el orgullo y la ganancia. Con ellos, venden hasta la gracia del Espíritu Santo! Son vicios interdependientes y tiene una base común, el egoísmo. Tais columnas, en cuanto permanecen de pié, sin ser derrumbadas por las virtudes, hacen a la persona obstinada en los demás pecados. Como dije antes, todos los pecados nacen del egoísmo; el más grave es el orgullo, que destruye la caridad. El orgullo conduce aún a la persona a la impureza y a la lucro. Son esos los tres lazos que ligan a los ministros malos al demonio."

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La impureza
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"Hija querida! Ya traté un poco sobre la manera como los clérigos manchan el cuerpo y el Espíritu en la impureza. Para que conozcas mejor mi Misericordia y sientas mayor compasión por esos infelices, quiero acrecentar cuanto sigue.
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Hay ministros tan endemoniados que, además de no respetar la eucaristía y despreciar la dignidad que les di, fuera de si se apasionan por determinada persona, y, no consiguiendo realizar sus deseos, recurren a la magia. Usan entonces el alimento de la eucaristía como instrumento para concretizar sus pensamientos deshonestos y malas intenciones.
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Relativamente a los fieles, que deberían pastorear y alimentar cuanto al cuerpo y cuanto al alma, solo los atormentan de diversos modos. Mas no voy a ocuparme de eso; no quiero que sufras en demasía. Como te mostraré en una visión, los fieles son abandonados a caminar sin rumbo, desorientados, haciendo lo que no quieren. Si intentan resistir, sufren terriblemente en la propia carne. Pues bien, ¿cuál es la causa de todo eso y de otros males que conoces y que no es necesario recordar, sino la vida deshonesta de los clérigos? ¡Oh Hija querida! atraen barro a mi carne que fue elevada sobre los ángeles por la unión en Cristo de la naturaleza humana con la divina!.
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Oh hombre abominable e infeliz! No hombre, sino animal, que entregas a las meretrices tu cuerpo, por mí ungido y consagrado, y que haces cosas aún peores! En el madero de la cruz, mi Hijo, sufriendo, curo la herida de Adán heredada por ti y por todos los hombres. Con su sangre, El medicó pecados impuros y deshonestos!.
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El buen Pastor lavo las ovejas en su sangre y tu manchas las ovejas que son tan puras, haces todo para tirarlas al barro. Deberías ser un espejo de honestidad y eres un espejo de impureza. Haces justamente lo contrario de aquello que realizó mi Hijo, pues orienta para el mal a sus miembros. Permití que los ojos de Cristo fuesen vendados para iluminar los tuyos, y tu, con miradas impuras, atraes flechas envenenadas contra tu propia alma y contra el corazón de las personas a quienes miras. Deje que El bebiese hiel y vinagre y tu, cual animal desorientado, saboreas alimentos delicados, tratando al estómago como a un "Dios". Sobre tu lengua pasan palabras deshonestas y vacías, cuando- por medio de ella- debías alertar al prójimo, anunciar mi palabra y recitar el Oficio Divino con los labios y el corazón; te veo jurar e imprecar como un desequilibrado, hasta blasfemando contra mi; permití que las manos de mi Hijo fuesen clavadas para libertarte, a ti y a todos los hombres, de los lazos del pecado; y tu usas las manos ungidas y consagradas en vista de la distribución de la Eucaristía, para toques indecorosos; todas las acciones, en las cuales usas las manos, están corrompidas y orientadas para el mal! ¡Oh infeliz! Y decir que te puse en tan alta dignidad para servirme a mi y a la humanidad! Fueron los pies de Cristo transpasados por los clavos, de ellos haciendo yo un peldaño para que llegases a contemplar los secretos de su Corazón. Transformé su Corazón en una despensa, donde todos podéis experimentar el amor inefable que os dedico; allí encontrarás la sangre, por ti derramada como purificación de los pecados, mas tu haces de tu corazón un templo para el diablo. Tu afectividad, simbolizada nos pies, sólo me ofrece maldad, una vez que te conducen únicamente a lugares de pecado.
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Así: me ofendes con todo el cuerpo. Haces exactamente lo contrario de lo que hizo Jesús, bien en aquel punto en que tu y los demás hombres deberían imitarlo. La semejanza de instrumentos musicales, tus sentidos emiten sonidos desafinados, una vez que as tres facultades del alma se "reunieron" en torno del demonio, en vez de hacerlo en mi ser. Tu memoria debería estar llena con el recuerdo de mis favores, entre tanto sólo contienen deshonestidades y muchos otros males; cuanto a la inteligencia, era tu deber fijarla mediante la fe en Cristo crucificado, de quien eres ministro, mas vanidosamente le diste por objeto los placeres, buscando altas posiciones sociales, la riqueza mundana; tu voluntad tendría que reposar directamente en mi, pero tu preferiste amar a las criaturas y tu propio cuerpo".
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Visión de Catalina sobre la impureza
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Virtudes sacerdotales

"Hija querida, dije tais cosas para que comprendas mejor la dignidad de mis ministros y llores con más amargura sus pecados. Si los ministros meditasen sobre a propia dignidad, no vivirían en pecado mortal, no mancharían su alma. Si ellos no me ofendiesen, si no pecasen contra la propia dignidad, si no entregasen hasta el cuerpo para ser quemado, inclusive así no me agradecerían suficientemente por el don que recibieron. En este mundo es imposible una dignidad mayor. Son mis ungidos, mis cristos, puestos por mi en la función de ministros, flores perfumade las En la jerarquía de la santa Iglesia. Ni los ángeles poseen dignidad igual a esta concedida a los hombres, en la persona de los sacerdotes.
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Los coloqué como ángeles en la tierra, y como tales deben vivir. De todos os hombres exijo pureza e amor; todos deben amar-me e amar o próximo; todos deben socorrer al hermano en aquello que les fuere posible con oraciones y obras de caridad, así como ya dije en otro lugar, al tratar de ese asunto. Pero de mis ministros pido pureza mayor, mayor amor por mi y por los hombres. Que distribuyan el Cuerpo y Sangre de mi Hijo con gran deseo de la salvación de la humanidad, para gloria de mi nombre. De la misma forma como ellos quieren limpio el cáliz usado en el Sacrificio eucarístico, también yo quiero que sean puros sus corazones, sus almas, sus pensamientos. Igualmente sus cuerpos - instrumentos del alma - han de ser poseídos en perfecta pureza. No quiero que se envuelvan en a lama de la lujuria, ni que se muestren inflados de orgullo en la procura de cargos prelatícios o llenos de rencor por si inclusives y por los otros. La insatisfacción personal acostumbra a manifestarse sobre los otros; cuando impacientes, los ministros terminaran dando malos ejemplos, no se preocuparan en librar os hombres das manos del demonio, no se dedicaran con esfuerzo al ministerio del Cuerpo y Sangre de mi Hijo, en la distribución de la luz de la eucaristía en la forma explicada.
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Hija querida, comprendes cuanto o pecado contra la naturaleza me desagrada en cualquier persona; mas entenderás también que mucho más me disgusta cuando es practicado por aquellos que escogí para la vida de continencia. Unos abandonaron el mundo y se hicieron religiosos; otros son diocesanos. Entre ellos se hayan los ministros. Jamás entenderás como tal vicio, cometido por ellos, me ofende mucho más que cuando es hecho por los legos en general y por los legos consagrados. Los ministros son lámparas colocadas sobre el candelabro y deben iluminar por el ministerio eucarístico, por la virtud, por el buen ejemplo. Mas de hecho difunden la oscuridad. Viven en la oscuridad. Por causa de su soberbia e impureza, nada entienden de las Escrituras, a no ser en su presentación exterior."



"Quien ama a su padre o a su madre más que a mí, no es digno de mí; y quien ama a su hijo o a su hija más que a mí, no es digno de mí"

Mt 10, 37

La Misa del Padre Pío

La Misa del Padre Pío



Según el Hermano Narsi Decoste en “El Padre Pío”

«No se venía a San Giovanni para ver una clínica ultramoderna o para escuchar narraciones de conversiones o de curaciones espectaculares. La mayoría de los peregrinos disponían de un día, a veces de una mañana: venían a asistir a la misa del Padre Pío. Esto es muy notable cuando se sabe que llegaban a veces de muy lejos, frecuente de América.
Naturalmente, algunos aprovechaban de una estancia en Italia, Roma, Nápoles o en otra parte, para hacer un salto hasta San Giovanni; muchos repartían le mismo día. Habían venido únicamente para esto.
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Desde las dos o tres horas de la mañana, los pesados autobuses descargaban delante del convento a sus ocupantes, sorprendidos de ver ya la plaza de la iglesia negra de mundo. Se esperaba pacientemente la apertura de las puertas para entrar; esperando, se rezaba el rosario.
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Para el incrédulo que venia simplemente como curioso, la misa del Padre Pío era tal vez una ceremonia como todas las otras; pero, para el creyente, era de un valor infinito por la presencia real del Señor que el celebrante llama infaliblemente sobre el altar por las palabras consagratorias. La misa siempre y en todas partes tiene el mismo valor, allí donde es celebrada válidamente: ¿Por qué querer asistir a la del Padre Pío? Indudablemente porque este capuchino hacía tangible la misteriosa y sin embargo real presencia.
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Se comprende, por lo tanto, que nada puede ser añadido a su grandeza, a su valor, a su significación, que es únicamente limitada par la impenetrable voluntad de Dios.
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Cuando el Padre Pío celebraba la misa, daba la impresión de una tan intima, como intensa y completa unión con Aquel que se ofrecía al Padre Eterno, como víctima de expiación por los pecados de los hombres.
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Desde que él estaba al pie del altar, el rostro del celebrante se transfiguraba.
No se encontraba allí solamente como sacerdote para el Sacrificio, sino como el hombre de Dios para dar testimonio de su existencia, como sacerdote que portaba él mismo las cinco llagas sangrantes de la crucifixión sobre el cuerpo. El Padre Pío poseía le don de hacer rezar a los otros. Se vivía la misa. Se era fascinado. Puedo decir, que solamente en San Giovanni, comprendí el divino Sacrificio.
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Esta misa duraba largo tiempo; sin embargo, al seguirla en su larga celebración, se perdía toda noción de tiempo y de lugar. La primera vez que asistí a ella, lamenté que se terminara. ¡Con estupor, me di cuenta que había durado más de dos horas!
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Toda la vida del Padre Pío estaba centrada sobre el Santo Sacrificio de la misa que, decía él, día tras día, salva al mundo de su perdición. Brunatto, que asistía generalmente al Padre y tuvo la alegría de acolitarle, testimonió que, durante los años de su aislamiento, la celebración duraba hasta siete horas. Más tarde, fue limitada por la obediencia y duraba alrededor de una hora.
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Sí, verdaderamente, esta misa del Padre Pío era un acontecimiento inolvidable y se tenía razón de querer y asistir al menos una sola vez.
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Cuando salía de la sacristía, el Padre era generalmente sostenido por dos cohermanos, pues sus pies transpasados le hacían sufrir atrozmente. De un paso pesado, arrastrando los pies, incierto, vacilante, avanzaba hacia el altar. Además de los estigmas, pasaba aún toda la noche en oración; lo que fue así por medio siglo.
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Se le hubiera creído aplastado bajo el peso des pecados del mundo. Ofrecía todas las intenciones, los pedidos, las súplicas, que le habían sido confiadas por escrito u oralmente, del universo entero. Portaba, además, todas les aflicciones, los sufrimientos, las angustias por las cuales se venía a él y de las que se había cargado. Es por esto que el Ofrecimiento de esta misa era tan largo y tan impresionante.
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Hacía todo para desviar la atención de él. Evitaba todo lo que podía ser espectacular en su porte, su expresión, sus gestos, en su manera de rezar y de callarse; y sin embargo, su porte, su modo de rezar, su silencio, y sobre todo las largas pausas, en toda su simplicidad, eran verdaderamente dramáticas.
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Cuando, recogido en el silencio de una multitud íntimamente unida a él, el Padre Pío tomaba la patena en sus manos sangrantes y la ofrecía al Padre Todo Poderoso, ella pesaba con el peso enorme ese montón de buenas obras, de sufrimientos y de buenas intenciones. Este pan que iba luego a tomar vida, cambiado en Aquel que, sólo, realmente, era capaz de pagar completamente la deuda de los pecados de los hombres.
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En esta celebración no eran remarcables solamente las principales partes de la misa. El Padre Pío celebraba toda la misa con la misma atención sostenida, visiblemente consciente de la profunda significación de cada palabra, de cada gesto litúrgico.
Lo que pasaba entre Dios y él permanece un misterio, pero se podría adivinar alguna cosa en ciertos silencios, en ciertas pausas más largas; los trazos de su cara traducían a veces su intensa participación en el Drama que él vivía. Con los ojos cerrados, estaba frecuentemente en conversación con Dios, o transportado en éxtasis en la contemplación.
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Sólo, un ángel sería capaz de describir dignamente esta misa. Las llagas permanentes de su cuerpo no eran sino los signos visibles del martirio interior que padecía con el «divino Crucificado». Por esto, la atención de la asamblea estaba fija en el punto culminante del Santo Sacrificio: la Consagración.
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En efecto, se detenía un instante como para concentrarse. Parecía desencadenarse una lucha entre él, que tenía en sus manos la hostia inmaculada y, Dios sabe, que fuerza obscura e invisible que, sobre sus labios, retenía las palabras consagratorias cargadas de fuerza creadora.
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Ciertos días, la misa era para él, a partir del Sanctus, un verdadero martirio. El sudor cubría su cara y las lagrimas corrían a lo largo de sus mejillas. Era verdaderamente el hombre de dolores tomado por la agonía. Involuntariamente, yo pensaba en Cristo en el Jardín de los Olivos.
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Se veía claramente, que profiriendo las palabras de la Consagración, padecía un real martirio. A cada palabra, un choc parecía recorrer sus miembros. ¿Sería posible, como ciertos lo piensan, que él sufría entonces más intensamente la Pasión de Cristo y que los salmos dolorosos, que él reprimía cuanto posible, lo impedían en un momento continuar? O debemos interpretar a la letra las palabras del Padre diciendo que el demonio se aventure garfios hasta en el altar? En son actitud tan impresionante, se asistía por lo tanto a una lucha real contre Satán, que, en ese momento, redoblaba sus esfuerzos para atormentarlo.
Las dos suposiciones son aceptables.
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Frecuente, cuando abandonaba el altar, después de la misa, ciertas expresiones involuntarias y reveladoras se le escapaban. Como hablándose a sí mismo, decía por ejemplo: «Me siento quemar... » y también : « Jesús me dijo... ».
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En cuanto a mi, yo he estado, como todos aquellos que han tenido la alegría de participar en esta misa, vivamente impresionado por esta emocionante celebración.
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Un día, hicimos al Padre, la pregunta: «Padre, ¿qué es su misa para usted?».
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El Padre respondió: « Una unión completa entre Jesús y yo ».
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La misa del Padre Pío era verdaderamente esto: Le Sacrificio del Gólgota, el Sacrificio de La Iglesia, el Sacrificio de la última Cena y también nuestro Sacrificio.
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Y, aún: « ¿Somos los únicos que estamos en torno del altar durante la misa?
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– En torno de el altar, están los Angeles de Dios.
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– Padre, ¿qué se encuentra en torno de el altar?
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– Toda la Corte celestial.
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– Padre, ¿está también presente la Virgen María durante la misa?
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– ¿Puede una Madre permanecer indiferente para con su Hijo ? ».
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En una carta que el Padre escribió, en mayo 1912, sabemos que la Santísima Virgen lo acompañaba en el altar. La Madre de Dios y nuestra Madre evidentemente no tiene otra preocupación que la de su Hijo Jesús que se hacía visible, a nuestros ojos , en la carne del Padre Pío, herido de amor por Dios y sus hermanos .
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-«Padre, ¿cómo debemos asistir a la misa?
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– Como la Santísima Virgen y les santas mujeres , con amor y compasión. Como san Juan asistía a la Ofrenda Eucarística y al Sacrificio sangriento de la Cruz . »
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Un día que la multitud de peregrinos era particularmente densa en la iglesia de San Giovanni, el Padre me dijo después de la misa:
-«¡Me acordé de usted en el altar!».
-Le pregunté: « Padre, ¿tiene usted en la memoria todas les almas que asisten a su misa? ». -Respondió : « ¡En el altar, veo a todos mis hijos como en un espejo!».
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Toda la vida del Padre Pío ha sido una Pasión de Jesús. Su jornada entera era la continuación del Sacrificio de la misa.
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"No pecamos adorando la Eucaristía, más bien pecamos si no la adoramos."
San Agustín.

domingo, 21 de junio de 2009

Annus Sacerdotalis

ANNUS SACERDOTALIS
Ahora mas que nunca
¡ Recemos por los Sacerdotes!


AÑO SACERDOTAL

19 de junio de 2009 - 19 de junio de 2010 "Fidelidad de Cristo, fidelidad del sacerdote" Convocado por Su Santidad Benedicto XVI con ocasión del 150º aniversario del dies natalis de San Juan María Vianney
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San Pío X: Formar buenos sacerdotes.
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Es necesario hablar de los medios que nos pueden ayudar en semejante empresa (formar buenos sacerdotes), puesto que están tomados de la doctrina común. De vuestras preocupaciones, sea la primera formar a Cristo en aquellos que por razón de su oficio están destinados a formar a Cristo en los demás. Pienso en los sacerdotes, Venerables Hermanos. Que todos aquellos que se han iniciado en las órdenes sagradas sean conscientes de que, en las gentes con quienes conviven, tienen asignada la provincia que Pablo declaró haber recibido con aquellas palabras llenas de cariño: Hijitos míos, por quienes sufro de nuevo dolores de parto hasta ver a Cristo formado en vos otros (Gal 4, 16) Pues, ¿quiénes serán capaces de cumplir su misión si antes no se han revestido de Cristo? y revestido de tal manera que puedan hacer suyo lo que también decía el Apóstol: ya no vivo yo, es Cristo quien vive en mí (Gal, 2, 20). Para mí la vida es Cristo ( Filip 1, 21) Por eso, si bien a todos los fieles se dirige la exhortación que lleguemos a varones perfectos, a la medida de la plenitud de Cristo (Ef 4, 20). sin embargo se refiere sobre todo a aquel que desempeña el sacerdocio; pues se le denomina otro Cristo no sólo por la participación de su potestad, sino porque imita sus hechos, y de este modo lleva impresa en sí mismo la imagen de Cristo.
(Enciclica E Supremi Apostolatus)
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S.S. Pio XI El sacramento del Orden sello indeleble, impreso en el alma
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Y tan excelsos poderes conferidos al sacerdote por un sacramento especialmente instituido para esto, no son en él transitorios y pasajeros, sino estables y perpetuos, unidos como están a un carácter indeleble, impreso en su alma, por el cual ha sido constituido sacerdote para siempre a semejanza de Aquel de cuyo eterno sacerdocio queda hecho partícipe. Carácter que el sacerdote, aun en medio de los más deplorables desórdenes en que puede caer por la humana fragilidad, no podrá jamás borrar de su alma. Pero juntamente con este carácter y con estos poderes, el sacerdote, por medio del sacramento del Orden, recibe nueva y especial gracia con derecho a especiales auxilios, con los cuales, si fielmente coopera mediante su acción libre y personal a la acción infinitamente poderosa de la misma gracia, podrá dignamente cumplir todos los arduos deberes del sublime estado a que ha sido llamado, y llevar, sin ser oprimido por ellas, las tremendas responsabilidades inherentes al ministerio sacerdotal, que hicieron temblar aun a los más vigorosos atletas del sacerdocio cristiano, como un San Juan Crisóstomo, un San Ambrosio, un San Gregorio Magno, un San Carlos y tantos otros.
(Encilica Ad Catholici Sacerdotii, sobre el Sacerdocio)
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S.S. Pio XII: El sacerdote, mediador entre el hombre y Dios

Consagrado, como por una divina vocación, a este augustísimo misterio, está constituido en lugar de los hombres en las cosas que tocan a Dios, para ofrecer dones y sacrificios por los pecados. Necesario es, por lo tanto, que a él recurra todo el que quiera vivir la vida del Divino Redentor y desee recibir fuerza, consuelo y alimento para su alma; en él también habrá de buscar la necesaria medicina quienquiera que desee levantarse de sus pecados y tornarse al recto camino. Por ese motivo, todos los sacerdotes con plena razón podrán aplicarse a sí mismos aquellas palabras del Apóstol de las Gentes: Cooperadores somos... de Dios
(Enciclica Menti Nostrae sobre la Santidad del Sacerdote)
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Juan XXIII: La Ascetica Sacerdotal
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Por todo esto podréis comprender, Venerables Hermanos, con qué afecto exhortamos a Nuestros caros hijos en el sacerdocio católico a que mediten este ejemplo de pobreza y caridad. «La experiencia cotidiana demuestra —escribía Pío XI pensando precisamente en el Santo Cura de Ars —, que un sacerdote verdadera y evangélicamente pobre hace milagros de bien en el pueblo cristiano» Enc. Divini Redemptoris Pio XI) Y el mismo Pontífice, considerando la sociedad contemporánea, dirigía también a los sacerdotes este grave aviso: «En medio de un mundo corrompido, en el que todo se vende y todo se compra, deben mantenerse (los sacerdotes) lejos de todo egoísmo, con santo desprecio por las viles codicias de lucro, buscando almas, no dinero; buscando la gloria de Dios, no la propia gloria» (Ad Catholici Sacerdotii Pio XI)
(Enciclica Sacerdotii Nostri Primordia)
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S.S. Pablo VI: El Sacerdote Celibe
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En medio de la comunidad de los fieles, confiados a sus cuidados, el sacerdote es Cristo presente; de ahí la suma conveniencia de que en todo reproduzca su imagen y en particular de que siga su ejemplo, en su vida íntima lo mismo que en su vida de ministerio. Para sus hijos en Cristo el sacerdote es signo y prenda de las sublimes y nuevas realidades del reino de Dios, del que es dispensador, poseyéndolas por su parte en el grado más perfecto y alimentando la fe y la esperanza de todos los cristianos, que en cuanto tales están obligados a la observancia de la castidad, según el propio estado.
(Enciclica Sacerdotalis Caelibatus)
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S.S. Juan Pablo II: El orden sacerdotal reservado a los varones.
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La ordenación sacerdotal, mediante la cual se transmite la función confiada por Cristo a sus Apóstoles, de enseñar, santificar y regir a los fieles, desde el principio ha sido reservada siempre en la Iglesia Católica exclusivamente a los hombres. Esta tradición se ha mantenido también fielmente en las Iglesias Orientales. (...) En efecto, los Evangelios y los Hechos de los Apóstoles atestiguan que esta llamada fue hecha según el designio eterno de Dios: Cristo eligió a los que quiso (cf. Mc 3,13-14; Jn 6,70), y lo hizo en unión con el Padre "por medio del Espíritu Santo" (Act 1,2), después de pasar la noche en oración (cf. Lc 6,12). Por tanto, en la admisión al sacerdocio ministerial, la Iglesia ha reconocido siempre como norma perenne el modo de actuar de su Señor en la elección de los doce hombres, que El puso como fundamento de su Iglesia (cf. Ap 21,14). En realidad, ellos no recibieron solamente una función que habría podido ser ejercida después por cualquier miembro de la Iglesia, sino que fueron asociados especial e íntimamente a la misión del mismo Verbo encarnado (cf. Mt 10,1.7-8; 28,16-20; Mc 3, 13-16; 16,14-15). Los Apóstoles hicieron lo mismo cuando eligieron a sus colaboradores que les sucederían en su ministerio. En esta elección estaban incluidos también aquéllos que, a través del tiempo de la Iglesia, habrían continuado la misión de los Apóstoles de representar a Cristo, Señor y Redentor.
(Carta Apostólica Ordinatio Sacerdotalis)
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S.S. Benedicto XVI : El Sacerdote In Persona Christi Capitis
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La relación intrínseca entre Eucaristía y sacramento del Orden se desprende de las mismas palabras de Jesús en el Cenáculo: « haced esto en conmemoración mía » (Lc 22,19). En efecto, la víspera de su muerte, Jesús instituyó la Eucaristía y fundó al mismo tiempo el sacerdocio de la nueva Alianza. Él es sacerdote, víctima y altar: mediador entre Dios Padre y el pueblo (cf. Hb 5,5-10), víctima de expiación (cf. 1 Jn 2,2; 4,10) que se ofrece a sí mismo en el altar de la cruz. Nadie puede decir « esto es mi cuerpo » y « éste es el cáliz de mi sangre » si no es en el nombre y en la persona de Cristo, único sumo sacerdote de la nueva y eterna Alianza (cf. Hb 8-9). (...) La doctrina de la Iglesia considera la ordenación sacerdotal condición imprescindible para la celebración válida de la Eucaristía. En efecto, « en el servicio eclesial del ministerio ordenado es Cristo mismo quien está presente en su Iglesia como Cabeza de su cuerpo, Pastor de su rebaño, sumo sacerdote del sacrificio redentor ». Ciertamente, el ministro ordenado « actúa también en nombre de toda la Iglesia cuando presenta a Dios la oración de la Iglesia y sobre todo cuando ofrece el sacrificio eucarístico ».
(Exhortación Apostólica Sacramentum Caritatis).
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ORACION POR LA SANTIFICACIÓN DE LOS SACERDOTES
De Santa Teresita del Niño Jesús
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OH Jesús que has instituido el sacerdocio para continuar en la tierra
la obra divina de salvar a las almas, protege a tus sacerdotes en el refugio de tu SAGRADO CORAZÓN.
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Guarda sin mancha sus MANOS CONSAGRADAS,
que a diario tocan tu SAGRADO CUERPO,
y conserva puros sus labios teñidos con tu PRECIOSA SANGRE.
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Haz que se preserven puros sus Corazones,
marcados con el sello sublime del SACERDOCIO, y no permitas que el espíritu del mundo los contamine.
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Aumenta el número de tus apóstoles,
y que tu Santo Amor los proteja de todo peligro.
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Bendice Sus trabajos y fatigas, y que como fruto de Su apostolado
obtenga la salvación de muchas almasque sean su consuelo aquí
en la tierra y su corona eterna en el Cielo. Amén
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"Si quieres venir en pos de mí, toma tu cruz y sígueme"
(Evangelio de San Mateo 16, 23)

domingo, 14 de junio de 2009

La Subversión de la Verdad Católica

Aggionarmiento y Tradición
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"La Subversión de la Verdad Católica y la Falsa Iglesia"

Por Monseñor Antonio de Castro Mayer
I
Confrontación entre los conceptos de "aggiornamento" y de Tradición
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eL 21 de Noviembre del año pasado, en Circular dirigida a Nuestros carísimos Sacerdotes, procuramos, una vez más, avivar en ellos y en los fieles la vigilancia contra los peligros, a que un falso "aggiornamento" expone la integridad de la Fe y la pureza de las costumbres cristianas. Ya en Documentos anteriores Nos ocupamos de las tentaciones a que está expuesta vuestra fe, amados hijos, y os exhortamos a la vigilancia y a la oración. En la Circular del 21 de noviembre, nos referíamos, especialmente, a la reverencia debida a los Santos Sacramentos, con que damos público testimonio de nuestra fe en los misterios que adoramos. Señalábamos, entonces, la importancia de la advertencia, a la vista de ser indispensable la fe para la salvación, pues, sin ella es imposible agradar a Dios - "sine fide impossibile est placere Deo" (Heb. 11, 6).
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El 8 de diciembre del mismo año pasado, en la ocurrencia del quinto aniversario de la clausura del II Concilio del Vaticano, el Santo Padre, Pablo VI, en memorable exhortación, encarecía a los Obispos católicos del mundo entero la obligación de cuidar de la ortodoxia en la enseñanza de la doctrina católica.
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Es así, pues, amados hijos, que no eran vanos Nuestros temores. Los males de que recelamos en Nuestra diócesis, de hecho, amenazan a los fieles del mundo todo. De otro modo, no tendría sentido la Exhortación pontificia, dirigida a todos los Obispos católicos de la tierra.
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Deber del Obispo: velar por la ortodoxia.
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Dada la importancia capital de la materia - la pureza de la Fe - y la obligación que Nos incumbe de apacentar bien a las ovejas de Cristo que Nos fueron confiadas, juzgamos de Nuestro deber volver al asunto, comunicando a Nuestro rebaño las aprehensiones y amonestaciones del Papa. A tanto Nos convida el mismo Pontífice, pues recuerda que, a todos aquellos que recibieron 'por la imposición de las manos; la responsabilidad de guardar puro e intacto el depósito de la Fe y la misión de anunciar el Evangelio sin negligencia" (A.A.S., 63, p. 99), se impone de dar testimonio de su fidelidad al Señor, en la predicación, en la enseñanza, en el tenor de vida.
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De otro lado, al derecho imprescriptible que tiene el fiel de recibir la enseñanza sagrada, corresponde en los Obispos "el deber grave y urgente de anunciar infatigablemente la Palabra de Dios, para que el pueblo crezca en la fe y en la inteligencia del Mensaje cristiano" (p. 100). Profunda crisis de la Fe en el seno de la Iglesia.
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Semejante oficio del múnus episcopal es, hoy, más imperioso, porque trabaja en el seno de la Iglesia una crisis generalizada y sin precedentes, como atestigua la presente Exhortación Apostólica, crisis de autodemolición como la denomina el Papa, porque, conducida por miembros de la Iglesia, avala profundamente la conciencia de los fieles, pues los confunde en lo que ellos tienen de más esencial en la Religión.
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Afirma, en efecto, Pablo VI, en el Documento que vamos a presentar, que hoy "muchos fieles se sienten perturbados en su fe por un acumular se de ambigüedades, de falsedades y de dudas, que atañen esa misma fe en lo que tiene de esencial. Están en este caso los dogmas trinitario y cristológico, o misterio da Eucaristía y de la Presencia Real, la Iglesia como institución de salvación, el ministerio sacerdotal en el seno del pueblo de Dios, el valor de la oración y de los Sacramentos, las exigencias morales que dimanan, por ejemplo, de la indisolubilidad del matrimonio o del respeto por la vida. Más: hasta la propia autoridad divina de la Escritura llega a ser puesta en duda, en nombre de una "¡desmitización radical!" (p. 99).
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Como veis, amados hijos, la crisis en la Iglesia no podría ser más profunda. Leyendo las palabras del Papa, nos preguntamos: ¿qué quedó intacto en el Cristianismo? pues, si no hay certeza sobre el dogma trinitario, misterio fundamental de la Revelación cristiana, se difunden ambigüedades sobre la Persona adorable del Hombre Dios, Jesucristo, se titubea delante de la Santísima Eucaristía, si no se entiende la Iglesia como institución de salvación, si no se sabe lo que es el Sacerdote entre los fieles, ni hay seguridad de las obligaciones morales, si la oración no tiene valor, ni la Sagrada Escritura ¿qué hay de Cristianismo, de Revelación cristiana? Comprendemos que el Papa se sienta impelido a excitar el celo de los Obispos guardianes de la Fe consagrados para ser auténticos Pastores que apacienten con cariño, desvelo y firmeza las ovejas del Divino Pastor de las almas.
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II
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Empeño por construir una nueva Iglesia psicológica y sociológica.
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Tanto más, cuanto la Exhortación del Santo Padre deja entrever que hay una verdadera conspiración para demoler la Iglesia. Es lo que se deduce del trecho siguiente arriba citado, en el cual el Pontífice observa que las dudas, ambigüedades y falsedades en la exposición positiva del dogma, se suman al silencio "sobre ciertos misterios fundamentales del Cristianismo" y la "tendencia a construir un nuevo cristianismo a partir de datos psicológicos y sociológicos" en el cual "la vida cristiana sea despojada de elementos religiosos" (p. 99).
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Hay, pues, entre los fieles, un movimiento de acción doble convergente para la formación de una nueva Iglesia, que solo puede ser una nueva falsa religión: de un lado, se crean falsedades sobre los misterios revelados; de otro, se estructura una la vida cristiana al sabor del espíritu del siglo
Ocasión y causas de la actual crisis religiosa
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¿Cómo fue posible llegar a ese estado de cosas?
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Pablo VI hace, a este propósito, dos consideraciones:
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La primera, sobre la finalidad especial que el Papa Juan XXIII propuso al II Concilio del Vaticano, como aparece claramente en la Alocución con que abrió la primera Sesión del gran Sínodo: "Se impone que, correspondiendo al vivo anhelo de aquellos que se encuentran en actitud de sincera adhesión a todo lo que es cristiano, católico y apostólico, esta doctrina (cristiana) sea más amplia y profundamente conocida y que las almas sean por ella impregnadas y transformadas. Es necesario que esta doctrina, cierta e inmutable y que tendría que ser respetada fielmente, sea profundizada y presentada de manera a satisfacer las exigencias da nuestra época". Y explicitando mejor su pensamiento, prosigue el Papa Roncalli: "una cosa es, efectivamente, el depósito de la Fe en sí mismo, quiere decir, o conjunto de las verdades contenidas en nuestra venerable doctrina, otra cosa es el modo como tales verdades son enunciadas, conservando siempre el mismo sentido y el mismo alcance" (p. 101 ).
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El Concilio debería, y, en consecuencia, el Magisterio Eclesiástico, con el concurso de los teólogos, procurar aliar dos cosas, transmitir, sin engaño o disminución, la doctrina revelada; y hacer un esfuerzo por presentarla de modo a ser recibida íntegra y pura por los hombres de nuestro tiempo. Entiende-se por los hombres de espíritu recto, "aquellos que se hayan en actitud de sincera adhesión a todo lo que es cristiano, católico y apostólico", como dice Juan XXIII. Por tanto por los hombres realmente deseosos de llegar a la verdad; pues, a los que prefieren las máximas de este mundo, y, por eso rechazan la cruz de Cristo, se les aplican las palabras de San Pablo: es imposible una unión entre la luz y las tinieblas, entre la justicia y la iniquidad, entre Cristo y Belial (cf. 2 Cor. 6, 14 s.).
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He aquí en lo que consistía el "aggiornamento" del Papa Roncalli, en su mejor interpretación: una adaptación, en la manera de exponer la doctrina católica, de manera que pueda atraer al hombre moderno de espíritu recto.
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Tal empeño, nota Pablo VI, y es su segunda observación, no es fácil. Dice: "El Magisterio episcopal estaba relativamente facilitado, en una época en que la Iglesia vivía en estrecha simbiosis con la sociedad de su tiempo, inspiraba su cultura y adoptaba sus modos de expresarse; hoy, al contrario, nos es exigido un esfuerzo serio para que la doctrina de la Fe conserve la plenitud de su sentido y de su alcance, al expresarse bajo una forma capaz de alcanzar al espíritu y el corazón de los hombres a los cuales ella se dirige" (pp. 101 -102).
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Característica de la nueva Iglesia: la religión del hombre.
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O por la dificultad del emprendimiento, o por una concesión al espíritu del tiempo, el hecho es que, en la ejecución del plan trazado por el Concilio, en amplios medios eclesiásticos, el esfuerzo en la adaptación fue más allá de la simple expresión más ajustada a la mentalidad contemporánea. Tocó la propia sustancia de la Revelación. No se cuida de una exposición de la verdad revelada, en términos en que los hombres fácilmente la entiendan; se procura, por medio de un lenguaje ambiguo y rebuscado, más propiamente, proponer una nueva Iglesia, al sabor del hombre formado según las máximas del mundo de hoy. Con eso, se difunde, más o menos por toda parte, la idea de en que la Iglesia debe pasar por un cambio radical, en su Moral, en su Liturgia, e inclusive en su Doctrina. En los escritos, como en el procedimiento, aparecidos en medios católicos después del Concilio, se inculca la tesis de en que la Iglesia tradicional, como existiera ates del Vaticano II, ya no está a la altura de los tiempos modernos. De manera que debe transformarse totalmente.
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Y una observación rápida, sobre lo que pasa en medios católicos, leva a la persuasión de que, realmente, después del Concilio, existe una nueva Iglesia, esencialmente distinta de aquella conocida, antes do gran Sínodo como única Iglesia de Cristo. En efecto, se exalta como principio absoluto, intangible, la dignidad humana a cuyos derechos se someten la Verdad y el Bien. Semejante concepción inaugura la religión del hombre. Hace olvidar la austeridad cristiana y la bienaventuranza del Cielo. En las costumbres el mismo principio olvida la ascética cristiana, y tiene toda la indulgencia para el placer inclusive sensual, una vez que, en la tierra, es que el hombre ha de buscar su plenitud. En la vida conyugal y familiar, la religión del hombre enaltece el amor y sobrepone el placer al deber justificando, a ese título, los métodos anticonceptivos, diminuyendo la oposición al divorcio, y siendo favorable a la homosexualidad y a la coeducación, sin temer la secuela de desordenes morales, y a ella inherentes, como consecuencia del pecado original. En la vida pública, la religión del hombre no comprende la jerarquía, y propugna el igualitarismo propio de la ideología marxista y contrario a la enseñanza natural y revelada, que atesta la existencia de un orden social exigido por la propia naturaza. En la vida religiosa, el mismo principio preconiza un ecumenismo que, en beneficio del hombre, congracié todas las religiones, preconiza una Iglesia sociedad de asistencia social y vuelve ininteligible lo sagrado, solo comprensible en una sociedad jerárquica. De ahí, la preocupación excesiva con la promoción social, como si la Iglesia fuese un mero y más vasto organismo de asistencia social. De ahí, igualmente la secularización del Clero, cuyo celibato se considera algo de absurdo; bien como el tenor de vida sacerdotal singular, íntimamente ligado a su carácter de persona consagrada, exclusivamente al servicio del Altar. En liturgia se rebaja al Sacerdote a simple representante del pueblo, y las mudanzas son tantas y tales que ella deja de representar adecuadamente, a los ojos del fiel, la imagen de la Esposa del Cordero, una, santa, inmaculada. Es evidente que el relajamiento moral y la disolución litúrgica no podrían coexistir con la inmutabilidad del dogma. De otro modo, aquellas transformaciones ya indicaban mudanzas en los conceptos de las verdades reveladas. Una lectura de los nuevos teólogos, tenidos como portavoces del Concilio evidencia como, de hecho, en ciertos medios canónicos las palabras, con que se enuncian los misterios de la Fe envuelven conceptos totalmente diversos de los que constan de la teología tradicional.
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Importancia de la filosofía escolástica
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La Exhortación de Pablo VI habla de la dificultad de obtener la renovación del ropaje, en que se transmitiesen a los hombres de hoy los misterios de Dios. Y reconoce que fueron las nuevas expresiones para las verdades de Fe que trajeron la angustia de las inseguridades, ambigüedades y dudas. Como fueron los nuevos términos que facultaron, a los fautores de una nueva Iglesia, la difusión de una concepción nueva y extraña de la religión cristiana.
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Es de San Pío X la afirmación de que el abandono de la escolástica, especialmente del tomismo, fue una de las causas de la apostasía de los modernistas (Encíclica "Pascendi"). Después del Concilio Vaticano II, retorna a los medios católicos el mismo error, la misma ojeriza contra la filosofía que León XIII llamó "singular presidio y honra de la Iglesia" (Encíclica "Aeterni Patris").
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De hecho, uno de los sofismas de los teólogos del nuevo cristianismo es acusar de aristotelismo la formulación dogmática tradicional, cuando la Iglesia no debe estar enfeudada a ningún sistema filosófico. Acrecientan que semejante formulación fue útil y válida en su tiempo, o sea, dentro del ambiente cultural de la Edad Medía. Hoy, sin embargo, en un medio cultural totalmente diferente, ya no tiene valor. Antes es nociva. Impide el progreso de los fieles, y es responsable por la descristianización del mundo actual. La Iglesia, si quisiere revivir, si quisiere conservar su perennidad, debe abandonar las fórmulas antiguas y adoptar otras, de acuerdo con la filosofía de hoy, el pensamiento y la mentalidad contemporáneos. Solo así realizará el ideal propuesto por Juan XXIII y el Concilio Vaticano II. Y, para no ser tenidos como negligentes en su papel de teólogos, pasan a la aplicación del principio que por ellos vimos establecido, y a las verdades reveladas van dando formulaciones, dentro de la concepción da filosofía contemporánea.
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La falacia no es nueva. En la Antigüedad, no hicieron otra cosa los gnósticos que alteraron la Revelación para encuadrarla dentro de la filosofía neoplatónica; en el siglo pasado, fue el hegelianismo que desvarió a ciertos teólogos católicos. Los de la nueva Iglesia desean servir al marxismo, existencialismo y a las demás filosofías antropocéntricas, que pululan en la angustia intelectual, característica de nuestra época.
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El vigor del tomismo
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El engaño, amados hijos, de los mentores del nuevo cristianismo está no olvido en que dejan una verdad de sentido común, sin a cual es inexplicable el conocimiento, imposible la ciencia y la propia vida humana. Semejante verdad de sentido común está en la base de toda filosofía, que no sea mera construcción arbitraria del espíritu. Consiste en la persuasión de que el conocimiento es determinado por el objeto externo. El es verdadero, cuando aprehende la cosa como ella es; y es falso, cuando desentona de la realidad. Pueden variar los sistemas filosóficos. Ellos serán más o menos verdaderos, en la medida en que sus conclusiones atiendan al principio de sentido común arriba enunciado.
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En el acatamiento a semejante principio, encuentra el tomismo todo su vigor. Lo remarca León XIII, cuando dice que el tomismo es una filosofía "solidamente firmada en los principios de las cosas" (Encíclica "Aeterni Patris"). O sea, no es sistema arbitrario, fruto de la imaginación o creación subjetiva del filósofo. Muy al contrario, la filosofía tomista, se inclina sobre la realidad, para aprehenderla como ella es.
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Cuando enuncia sus dogmas, sirviéndose de los termos usuales en la escolástica, la Iglesia no lo hace porque tales expresiones sean de un sistema filosófico particular, sino porque pertenecen a la filosofía de todos los tiempos.
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Relativismo religioso y modernismo en los teólogos de la nueva Iglesia
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Ya no proceden del mismo modo los teólogos de la nueva Iglesia. No están ellos atentos a la realidad, cuya expresión puede variar desde que, por tanto, la presente como ella es. Lo que ellos desean es satisfacer la mentalidad moderna. Para ellos, la actualización de la Iglesia está en la adaptación de su doctrina a esa mentalidad. Y como el hombre moderno formó su pensamiento en un ambiente cultural todo volcado a las apariencias, a los fenómenos, y, más allá de eso, a eso a la metafísica, a Iglesia para no zozobrar, dicen los nuevos teólogos, precisa acomodar su doctrina a semejante manera de pensar. No se percibe como tal actitud pueda huir al error modernista, según el cual, el dogma evoluciona de un a otro sentido, de acuerdo con las necesidades culturales de la época en que es enunciado.
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Inmutabilidad y desarrollo de la verdad revelada
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Recordemos que la verdad revelada se comunica al mundo en lenguaje humano. Tal lenguaje, aunque inadecuado, no es mero simbolismo; debe decir, objetivamente, lo que es el misterio de Dios, aún que no manifieste su riqueza inagotable.
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Esta es la razón por la que las fórmulas dogmáticas no pueden evolucionar cambiando de significado. La fe, una vez transmitida, dice San Judas Tadeo, lo es "una vez por todas" (vers. 3). Ella es inmutable e invariable. No padece adiciones, substracciones, o alteraciones. Puede esclarecerse, no puede transformarse. Es como un ser vivo que se desenvuelve y se perfecciona, sin embargo, en la misma naturaleza, que hace que el individuo sea siempre el mismo.
Importancia de las fórmulas dogmáticas tradicionales
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Por eso, es de suma importancia mantener las fórmulas que, constituidas en la Iglesia, bajo la asistencia del Espíritu Santo, la Tradición, y los Concilios fijaron, para expresar con exactitud el concepto revelado. Semejante lenguaje dogmático puede sufrir alteraciones accidentales, no puede ser modificado del todo en todo.
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Ahora bien, a lo que, bajo el signo del "aggiornamento", asistimos después del Concilio, en varios medios católicos, es el menosprecio tanto de las costumbres como de las fórmulas tradicionales. Demos otro ejemplo.
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El Concilio de Nicea, después de años de luchas contra los arrianos, fijó, en la Palabra Consubstancial, el concepto de la unidad de esencia de las Tres Personas Divinas. Hoy, en ciertos medios católicos, aquel término es conscientemente abandonado. De ahí, la incertidumbre, la duda que el Papa lamenta sobre los dogmas da Santísima Trinidad y del Divino Salvador. El Concilio de Trento, contra el simbolismo protestante, consagró el vocablo transubstanciación, para indicar el cambio total de la sustancia del pan y de la sustancia do vino en el Cuerpo y en la Sangre de Jesucristo. Semejante palabra nos da la idea de lo que ocurre, objetivamente, sobre el altar, no momento da consagración de la Santa Misa, y nos asegura la presencia real y substancial de Jesucristo en el Santísimo Sacramento, inclusive después de terminado el Santo Sacrificio. Como término aristotélico, que no condice con las corrientes filosóficas actuales, la Palabra transubstanciación es rechazada por los teólogos de la nueva Iglesia. La substituyen por otra - "transignificación'; "transfinalización" - dando razón a la afirmación del Papa de que se pone en duda el "misterio de la Santísima Eucaristía y de la Presencia Real" (p. 99). En el orden práctico, se eliminan las señales de adoración, de respeto al Santísimo Sacramento, como la Comunión de rodillas, con velo, la bendición del Santísimo, la visita al Sagrario etc.
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Subversión doctrinaria
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Se la Palabra muda, y no es sinónima, naturalmente también el concepto se modifica. Están en este caso los nuevos termos de los teólogos "aggiornati", cuya consecuencia es un terremoto para la propia Fe. Es lo que la nueva terminología, de hecho, introduce una nueva religión. No estamos más en el Cristianismo auténtico. Además, las innovaciones no quedan apenas en cambio de palabras. Van más lejos. En la realidad, excitan una subversión total en la Iglesia. Como la filosofía moderna sobrestima al hombre, a quien hace juez de todas las cosas, la nueva Iglesia establece, como decimos, la religión del hombre. Elimina todo cuanto pueda significar una imposición a la libertad o una represión a la espontaneidad humanas. Desconoce, así, la caída original y extenúa la noción de pecado. No comprende "el sentido de la renuncia evangélica" (p. 105), y propugna una religión natural con base en las experiencias "psicológicas y sociológicas" (p. 99).

III

Remedios para el mal: fidelidad a la Tradición

a. INDICACIÓN DE PABLO VI
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Como causa del aturdimiento que sufren los fieles angustiados porque ya no tienen más certeza sobre lo que deben creer y sobre como han de actuar, Pablo VI apunta el abandono de la Tradición. De donde, el antídoto a tan profunda crisis de lenguaje, pensamientos acción, solo lo encontramos en la fidelidad a la Tradición.
3
El Documento de Pablo VI insiste sobre este punto. Las actuales circunstancias, dice el Papa, exigen de nosotros mayor esfuerzo, para que "la Palabra de Dios llegue a nuestros contemporáneos, en su PLENITUD, y para que las obras realizadas por Dios les sean presentadas SIN ADULTERACIÓN, y con la intensidad del amor a la verdad que los salve" (p. 98 - mayúsculas nuestras). Tan noble incumbencia solo es exequible mediante la fidelidad a la "Tradición ininterrumpida que une (nuestro cristianismo) a la Fe de los Apóstoles" (p. 99). Debe pues, cada Obispo, en su Diócesis, estar atento por que los nuevos métodos "no lleguen a traicionar nunca la verdad y la CONTINUIDAD de la doctrina de la Fe" (p. 101 - señalado nuestro). Por lo demás, todo el trabajo de los teólogos debe ser en el sentido de la "fidelidad a la gran corriente de la Tradición cristiana" (p. 102). Por cuanto "la verdadera Teología se apoya sobre la Palabra de Dios inseparable de la Sagrada Tradición como sobre un fundamento perenne" (p. 103).
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En resumen, Pablo VI sintetiza (p. 18) la norma del Magisterio Eclesiástico en la Palabra de San Pablo: "aún que alguno - nosotros o un Ángel bajado del Cielo - vos anunciase un evangelio diferente del que hemos anunciado, que sea anatema (Gal. 1, 8), y prosigue el Papa: "No somos nosotros, en efecto, que juzgamos la Palabra de Dios: es ella que nos juzga y que pone en evidencia nuestros conformismos mundanos. La flaqueza de los cristianos, inclusive la de aquellos que tienen la función de predicar, no será jamás, en la Iglesia, motivo de endulzar el carácter absoluto de la Palabra. Nunca será lícito quitar el filo de su espada (cf. Heb. 4, 12; Apoc. 1, 16; 2, 16). A la Iglesia nunca le será permitido hablar de modo diverso del de Cristo, de la santidad, de la virginidad, de la pobreza y la obediencia" (p. 101).
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b. EJEMPLO HISTÓRICO: NESTÓRIO Y LA SANTA MADRE DE DIOS
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Las palabras del Papa no podrían ser más claras, ni más incisivas, como taxativas son las palabras del Apóstol citadas por él. Por lo demás, no pasan de ser un eco de la manera de actuar de la Iglesia, bajo el impulso vivificante del Espíritu Santo. Es hecho largamente comentado en toda formación religiosa, lo ocurrido con Nestório, Patriarca de Constantinopla. Lo transcribimos, aquí, según lo narra D. Prosper Gueranger, en su conocida obra "L'Année Liturgique", al comentar la fiesta de San Cirilo de Alejandría, el 9 de febrero: "En el propio año de su elección al trono episcopal, en el día de Navidad de 428, aprovechando la gran multitud que se aglomeraba en la Basílica Catedral, desde lo alto del pulpito, Nestório pronunció esta blasfemia: Maria no dio a luz a Dios; su hijo no era sino un hombre, instrumento de la Divinidad. Un estremecimiento de horror recorrió la multitud, y un lego, Eusebio, se levanto del medio del pueblo y protestó contra la impiedad. Toda la Historia, ates hoy, se regocija con esa actitud. Ela salvó la fe de Bizancio".
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c. NORMA GENERAL
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D. Gueranger da, entonces, el principio general: "Cuando el Pastor se muda en lobo, pertenece en primer lugar, al rebaño defenderse. Normalmente, sin duda, la doctrina desciende de los Obispos al pueblo fiel, y los súbditos, en las cosas de la Fe, no deben juzgar a sus Jefes. Hay, sin embargo, en el tesoro de la Revelación, puntos esenciales, cuyo conocimiento necesario y guarda vigilante todo cristiano debe poseer, en virtud de su título de cristiano. El principio no muda, ya se trate de creencia o procedimiento, de moral o de dogma. Traiciones como la de Nestório son raras en la Iglesia; no así el silencio de ciertos Pastores que por una u otra causa, no osan hablar, cuando la religión está comprometida. Los verdaderos fieles son los hombres que extraen de su Bautismo, en tales circunstancias, la inspiración de una línea de conducta; no los pusilánimes que, bajo el pretexto especioso de sumisión a los poderes establecidos, esperan, para ahuyentar al enemigo, o para oponerse a sus empresas, un programa que no es necesario, que no les deber ser dado”.
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d. LA IMPORTANCIA DE LA TRADICIÓN
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Quisimos ilustrar el criterio recordado por Pablo VI, debido a la importancia especial que asume en los días que corren, como es notorio a quien observa lo que se pasa en ciertos medios católicos. Por lo demás, es tal el valor de la Tradición, que inclusive las Encíclicas y otros Documentos del Magisterio ordinario del Sumo Pontífice, solo son infalibles en las enseñanzas corroboradas por la Tradición, o sea, por una enseñanza continua, a través de varios Papas y por largo espacio de tiempo. De manera que el acto del Magisterio ordinario de una Papa que choca con la enseñanza caucionado por la Tradición magisterial de varios Papas y por espacio notable de tiempo, no debería ser aceptado.
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Entre los ejemplos que la Historia apunta de hechos semejantes, sobresale el de Honorio I. Mismo vivo, a este Papa no se le debía dar atención. Entre los que lamentaron el acto de Honorio I están el VI Concilio Ecuménico, que fue el tercero reunido en Constantinopla, y San León II, Papa, al confirmar aquel Concilio. Entre los que continuaron a enseñar las dos voluntades en Jesucristo, está el gran San Máximo, llamado el Confesor porque selló con el martirio su fidelidad a la doctrina católica tradicional.
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e. NORMA DE ENJUICIAMIENTO PARA LAS NOVIDADES
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Guardemos, pues, con el máximo respeto Y atención al criterio de evaluación para las novedades que surgen en la Iglesia
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- ¿Se ajustan a la Tradición? - Son de buena ley.
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- ¿No se ajustan, se oponen a la Tradición, o la diluyen? - No deben ser aceptadas.
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Tradición, es seguro, no es inmovilismo. Es crecimiento, sin embargo en la misma línea, en la misma dirección, en el mismo sentido, crecimiento de los seres vivos que se conservan siempre los mismos. Por eso mismo, no se pueden considerar tradicionales formas y costumbres en que la Iglesia no incorporó en la exposición de su doctrina, o en su disciplina. La tendencia, en ese sentido, fue llamada por Pío XII "reprobable arqueologismo" (Encíclica "Medíator Dei"). Esto puesto, tomemos como norma el siguiente principio: cuando es visible que la novedad se aparta de la doctrina tradicional, es cierto que no debe ser admitida.
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Varios modos de corromper la Tradición
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Se puede concurrir para destruir la Tradición de varios modos. Hay, mismo, entre ellos una escala que va de la oposición abierta al desvío casi imperceptible. Tenemos ejemplo de oposición clara en las varias actitudes tomadas por teólogos, y hasta por Autoridades Eclesiásticas rechazando la decisión de la Encíclica "Humanae Vitae". De hecho, el acto de Pablo VI, deparando ilícito el uso de los anticonceptivos se insiere en una Tradición ininterrumpida del Magisterio Eclesiástico. No aceptarlo, enseñando lo opuesto de lo que prescribe, o aconsejando prácticas condenadas por él, constituye ejemplo típico de negación de una enseñanza tradicional.
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Más sinuosa es la falacia cuando se hiere la Tradición a través de elucidaciones dogmáticas que, sin negar los términos tradicionales, de hecho, son incompatibles con los datos revelados; por ejemplo, continuar a hacer profesión de fe en el misterio de la Santísima Trinidad, pero sustituir sistemáticamente el término consubstancial por otro que no tiene el mismo significado, como la palabra naturaleza.
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Hay igualmente contrabandos para la herejía, en las deducciones que amplían el contenido de las premisas. Así, declarar que, en virtud de la colegialidad, el Papa no puede resolver sin oír al Colegio Episcopal, es incidir en el conciliarismo que subvierte la Iglesia de Cristo.
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Más sutiles, son los nuevos usos, especialmente en liturgia, que subrogan a los antiguos, y que no solo no están dotados de la misma riqueza, sino que insinúan otros conceptos religiosos. En Nuestra Pastoral de 19 de marzo de 1966, subrayamos la importancia que tienen los usos y costumbres, tanto en la enfervorización de la Fe, como, en sentido contrario, en el solapamiento de ésta misma fe, siempre que el procedimiento presupone, y por tanto, difunde conceptos erróneos sobre las verdades reveladas.
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Evidentemente, la responsabilidad personal que hay en esas varias maneras de contestar a Tradición no es la misma. Entre tanto, en las circunstancias actuales, todas ofrecen peligro a la fe, y talvez más aquellas que menos aparecen como opuestas a la Iglesia tradicional. Se sigue que se pide de nosotros cuidadosa vigilancia, no vengamos a asimilar el veneno medio inconscientemente. Si hay gente de buena fe que, por ignorancia o ingenuidad, en las novedades que va aceptando, tiene la intención apenas de obtener una nueva expresión de la verdadera Iglesia: hay también y sobretodo la astucia del demonio que se sirve de esas mismas intenciones para desgarrar los fieles de la ortodoxia católica.
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Los falsos profetas y los nuevos Catecismos
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En la Exhortación Apostólica, que sugiere estas consideraciones, insiste el Papa, sobre la acción de los falsos doctores, que, viviendo en medio del pueblo de Dios, corrompen la Fe y la religión. Así, dice que es "para nosotros, Obispos'; aquella advertencia que se encuentra en San Pablo: "vendrá tiempo en que los hombres ya no soportarán la sana doctrina de la salvación. Llevados por las propias pasiones y por el prurito de escuchar novedades, juntaran maestros para sí. Apartarán los oídos de la verdad y los convertirán a las fábulas" (2 Tim. 4, 3-4), y más adelante, torna Pablo VI al mismo toque de alerta, aún con palabras del Apóstol: "del medio de nosotros mismos, como ya sucedía en los tiempos de San Pablo, surgirán hombres a enseñar cosas perversas para arrebatar discípulos atrás de sí (Actos 20, 30)" (p. 105).
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Cuando los enemigos están dentro de casa, como denuncia aquí el Papa, es sumamente necio quien no redobla la vigilancia. En la actual crisis de la Iglesia, podemos decir que nuestra salvación está condicionada al empleo de todos los medios que preserven la integridad de nuestra Fe. Por tanto, es necesaria, hoy, mayor atención para evitar las celadas armadas contra la autenticidad de nuestro Cristianismo.
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En Nuestra Instrucción Pastoral sobre la Iglesia, del 2 de marzo de 1965, fundamentamos semejante advertencia mostrando como el espíritu modernista, infiltrado en los medios católicos, introduce entre los fieles, el relativismo y el naturalismo religiosos, subvirtiendo el dogma y la moral revelados. De la difusión de semejante espíritu se encargan, actualmente, los nuevos Catecismos. He aquí, que nos toca el deber de llamar vuestra atención, amados hijos, sobre esas nuevas obras de enseñanza y formación religiosa que, a título de fe para adultos o para el hombre moderno, destruyen la doctrina tradicional, ora por el silencio, ora por omisiones, ora de manera positiva, por concepciones contrarias a la verdad siempre enseñada por la Iglesia. Son los nuevos Catecismos el medio de inocular en la mente de los fieles la nueva religión, en consonancia con las corrientes evolucionista y racionalista del pensamiento moderno.
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No levantamos ningún juicio sobre las intenciones de los autores de los nuevos Catecismos. No nos olvidamos, entre tanto, de que el "hombre enemigo'; o sea, el demonio, que hace todo para perder las almas, se aprovecha de las perturbaciones causadas en la Iglesia por los pruritos de novedad, y en ellas mismas insinúa los sofismas con que corrompe la Fe y pervierte las costumbres. Siendo, como son, los nuevos Catecismos instrumentos para formar, en la Religión, a las nuevas generaciones, sería ingenuo pensar que el ángel de las tinieblas no procurase servirse de ellos, para a realización de su obra siniestra. De hecho, pues, objetivamente, los nuevos Catecismos deben ser colocados, entre los fautores de la autodemolición de la Iglesia, de que habla el Papa.
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Nunca es demás señalar la importancia del Catecismo. Y, en consecuencia, nunca será excesivo alertar a los fieles contra los textos de Catecismo que subvierten la religión de Nuestro Señor Jesucristo.
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IV
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La profesión de fe en las prácticas litúrgicas y religiosas
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En su Exhortación Apostólica, Pablo VI carga la conciencia de los Obispos a que cuiden la doctrina sea transmitida pura no sólo en la enseñanza como en el ejemplo que ha de vivificar las palabras.
El Papa se refiere a los auxiliares de los Obispos en la difusión de su doctrina, su afirmación, entre tanto, comporta interpretación más amplia, una vez que, en los actos piadosos, hacemos viva profesión de nuestra fe. En otras palabras: lo que creemos con la inteligencia, eso realizamos en nuestra vida católica, especialmente en las prácticas religiosas. En sentido inverso, es por los actos cotidianos que, o alimentamos a nuestra fe, o la entibiamos, según que nuestro procedimiento se conforme con lo que creemos, o de ello se aparte.
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Y ahí tenéis, amados hijos, toda la importancia de las prácticas piadosas tradicionales. Con ellas se nutrió la fe de las generaciones pasadas, que, con su ejemplo, nos transmitieron el amor a Jesucristo, a su doctrina y a sus preceptos. Ellas fortificaran, hoy también, nuestra fe y nos darán las energías para seguir el ejemplo de nuestros hermanos que nos precedieron en el Santo temor de Dios. En este mismo orden de ideas, debemos precaver Nuestros amados hijos, contra las prácticas religiosas, en las cuales o se encarna el espíritu de la nueva Iglesia, o se agota la adhesión a los misterios revelados. Tratándose de cuestión capital, que interesa a la salvación eterna, recomendamos vivamente a Nuestros carísimos hijos, que se mantengan fieles a los ejercicios ascéticos encarecidos por la Iglesia: meditación, examen de conciencia, actos de mortificación, visitas al Santísimo, confesión y Comunión frecuente, oración continua, y de modo especial, el rezo cotidiano del tercio de Nuestra Señora.
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El culto a la Santísima Eucaristía
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De modo particular, nuevamente recordamos a Nuestros amados hijos la reverencia que tradicionalmente, se debe a la Santísima Eucaristía reverencia con que hacemos profesión de fe en la presencia real y substancial del Dios humanado en el Sacramento del Altar. De acuerdo con la costumbre tradicional que según la Sagrada Congregación del culto Divino, donde existe debe ser conservada, reciban los fieles, la Sagrada Comunión siempre de rodillas, y las Señoras y jóvenes con la cabeza cubierta, y jamás se aproximen de los Santos Sacramentos en vestidos que desdicen del respeto y reverencia para con las cosas sagradas.
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Desacralización Tengamos siempre todo respeto por el lugar sagrado. Una de las características de la Iglesia nueva es la desacralización. Ella condena los edificios propios para el culto, y desea que la religión se disuelva en la vida común del individuo. Bajo la alegación de que todo es sagrado, en la realidad, todo se reduce a lo profano. Jesucristo atendía mucho a la distinción entre lo sagrado y lo profano. Comentando el trecho de San Juan en que el Divino Maestro expulsó a los vendedores, declara San Agustín que el mal no consistía en que se vendían animales, por cuanto ilícitamente se vende lo que lícitamente se ofrece en el Templo. El mal estaba en que la venta se hacía, por mero interés, en un lugar sagrado, de sí destinado a la oración y al culto Divino (cf. in Jn. tr. X).
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Protección y mediación de Maria Santísima
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Señalamos, amados hijos, algunas prácticas, a través de las cuales, se procura instaurar en la Iglesia un cristianismo nuevo, distinto de aquel que Jesucristo vino a traer a la tierra. En Nuestra Pastoral de 19 de marzo de 1966, sobre la aplicación de los Documentos conciliares, señalamos el gran peligro que de tales prácticas se origina para la fe, intoxicadas, como están, por la herejía difusa que encuentra connivencia en la mentalidad relativista del mundo moderno. La situación es tan grave, el mal tan profundo, que hoy, más que en tiempos pasados, es necesario el apelo a los medios sobrenaturales de la gracia. Entregados a nosotros mismos, somos incapaces de resistir a la onda elevada por los falsos profetas, y menos aún de hacerla amainar, de modo que puedan las almas continuar serenamente en las vías de la imitación del Divino Salvador.
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Recurramos, pues a la oración, y especialmente a la devoción a María Santísima, Señora nuestra. La Tradición es unánime en presentarla como Medianera de todas las gracias, como Madre tiernísima de los cristianos, empeñada en la salvación de sus hijos, como interesada en la integridad de la obra de su Divino Hijo. En las situaciones difíciles, en que se ha encontrado, la Iglesia nos habituó a suplicar el valioso y eficaz auxilio de la Santa Madre de Dios sea para destruir herejías, sea para impedir que el yugo de los infieles pesase sobre los cristianos. Podemos decir en que la Iglesia jamás se encontró en crisis tan grave y tan radical, como la que hoy abate sus fundamentos desde los sus primeros fundamentos. Es señal de que la protección de Maria Santísima se hace más necesaria. A nosotros nos compete hacerla real mediante nuestras súplicas a la Santa Madre de Dios. En ese sentido renovamos la exhortación que hicimos al rezo cotidiano del tercio del Santo Rosario, cuya valía aumentaremos con la imitación de las virtudes de que la Virgen Madre nos da particular ejemplo: la modestia, el recato, la pureza, la humildad, el espíritu de mortificación en la renuncia de nosotros mismos, y la caridad con que, por el buen ejemplo, como discípulos de Cristo "impregnamos de su espíritu la mentalidad, las costumbres, y la vida de la ciudad terrena" (p. 105). Confiamos que la protección de la Santa Madre de Dios nos conservará la fidelidad a la Tradición en nuestra profesión de fe y en nuestras prácticas religiosas, como en los hábitos de nuestra vida católica.
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Seguro de que tan excelsa protección jamás nos faltará, enviamos a Nuestros celosos Cooperadores y amados hijos, Nuestra cordial bendición pastoral, en nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén.
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Dada y pasada en Nuestra Episcopal Ciudad de Campos, bajo Nuestra señal y sello de Nuestras armas, a los once días del mes de abril del año de mil novecientos setenta y uno, en la Santa Pascua del Señor.
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+ Antonio, Obispo de Campos

La boca del que tiene sentimientos humildes, habla con la verdad; el que contradice la verdad se asemeja a aquel siervo que golpeó al Señor en la mejilla. (San Marcos el Asceta "la ley espiritual")

San Pío X

"porque los verdaderos amigos del pueblo no son ni revolucionarios ni innovadores, sino tradicionalistas" (Enciclica Notre Charge Apostolique)